Walter Gutiérrez encabeza la Defensoría del Pueblo. (Foto: GEC)
Walter Gutiérrez encabeza la Defensoría del Pueblo. (Foto: GEC)

La Defensoría del Pueblo reiteró su pedido para que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) transparente los motivos que fundamentaron sus decisiones al rechazar las apelaciones que fueron presentadas para anular diversas mesas de votación de la segunda vuelta electoral realizada el 6 de junio.

“(Al JNE) le corresponde motivar sus fallos con el mayor nivel de exigencia y rigurosidad, siendo ello garantía de que se sustentan en el principio de razonabilidad y proporcionalidad”, indicó la Defensoría en .

“Motivar, bajo los parámetros antes mencionados, supera la sola mención de la ley aparentemente aplicable o la jurisprudencia del Tribunal Constitucional [...] Por ejemplo, no bastaría señalar que la pretensión de una organización política es improcedente solo citando el artículo del reglamento electoral, sin ponderar la situación frente al deber de proteger la voluntad popular”, añadió.

La Defensoría del Pueblo emitió este comunicado al considerar inminente la proclamación oficial de los resultados de la segunda vuelta electoral, luego que el JNE termine de emitir las resoluciones de todas las apelaciones que recibió, en su mayoría, por parte de Fuerza Popular. Estos recursos buscaban anular mesas de votación donde la agrupación fujimorista alegó que hubo fraude.

Como parte de este proceso de apelaciones, algunas revisadas en audiencias públicas, Fuerza Popular pidió que el JNE solicite a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el listado de electores para comparar firmas y número de votantes consignados en las actas apeladas. En las sesiones, tres de los cuatro miembros del pleno del JNE rechazaron este pedido.

La Defensoría indicó que el padrón electoral, documento que contiene la relación de todos los ciudadanos hábiles para votar, es de carácter público con excepción de datos referidos al domicilio y las huellas dactilares.

“En base a lo expuesto, la Defensoría del Pueblo señala que el listado de electores elaborado por la ONPE es también un documento de acceso público, en la medida que cuenta con similar información que el padrón electoral, por ello corresponde al JNE exponer en la mayor medida posible los razonamientos de hecho y derecho que utilizó al momento de resolver sobre su valoración”, sostiene el oficio de hoy.

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