La norma aprobada por el Congreso establece diversos requisitos mínimos para acceder al cargo de viceministro, secretario general de ministerios, entre otros. (Foto: Manuel Melgar/GEC)
La norma aprobada por el Congreso establece diversos requisitos mínimos para acceder al cargo de viceministro, secretario general de ministerios, entre otros. (Foto: Manuel Melgar/GEC)

El Congreso de la República aprobó un texto sustitutorio de los proyectos de ley 149 y 184, que proponen establecer requisitos mínimos para el acceso a la función y servicio público de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y personal de confianza.

Por 76 votos a favor, 37 en contra y cero abstenciones la representación nacional dio luz verde al sustentado por la presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez (Fuerza Popular).

Asimismo, por 79 votos a favor, 38 en contra y cero abstenciones, el Pleno exoneró el nuevo dictamen de segunda votación, con lo cual será enviada al Poder Ejecutivo para su análisis y posterior promulgación.

La norma aprobada establece diversos requisitos mínimos para acceder al cargo de viceministro; secretario general de ministerios; y titulares, adjuntos, presidentes y miembros de los órganos colegiados de libre designación y remoción de los organismos públicos del Poder Ejecutivo.

Asimismo, para ejercer los cargos de gerente general regional, gerentes regionales o directores regionales de gobierno regional; gerentes municipales de los gobiernos locales provinciales y gerentes municipales de distritos de más de 250 mil habitantes.

Del mismo modo, se establecieron requisitos mínimos para los cargos de secretario general, gerente general o el que haga las veces de los organismos públicos del Poder Ejecutivo; secretario general, gerente general o el que haga las veces de los organismos constitucionalmente autónomos; además de servidores de confianza.

El documento señala que están impedidas de acceder a cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción aquellas personas que tengan una sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por delitos dolosos.

También están impedidas de acceder a dichos cargos quienes hayan sido inhabilitados por el Congreso, los que se encuentren inhabilitados por mandato judicial y quienes hayan sido destituidos de la administración pública por falta muy grave.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.