El congresista Fernando Rospigliosi presentó un proyecto de ley que busca penalizar y sancionar el uso de réplicas de armas de fuego en la comisión de delitos.
Este proyecto, que ya fue enviado por la Oficialía Mayor, tiene como propósito modificar varios artículos del Decreto Legislativo N.º 635 del Código Penal, con el fin de que el uso de réplicas de armas de fuego sea considerado un acto punible en la comisión de delitos.
El propósito es equipar a los operadores de justicia con los mecanismos necesarios para capturar, investigar, procesar y sentenciar a quienes empleen réplicas de armas de fuego en la comisión de delitos.
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El proyecto especifica que las circunstancias de innovación y agravación serán consideradas agravantes, siempre que no estén contempladas explícitamente para sancionar el delito y no formen parte de los elementos constitutivos del hecho punible.
Se consideran agravantes cuando, en la ejecución de la conducta punible, se empleen armas o réplicas, explosivos, venenos u otros instrumentos de similar eficacia destructiva.
En el caso de lesiones culposas, la pena privativa de libertad será de no menos de cuatro años y no más de seis años, con la inhabilitación correspondiente, según lo estipulado en el artículo 36. Esto se aplica si la lesión se produce utilizando un vehículo motorizado, un arma de fuego real o una réplica, y si el agente actúa bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes u otras sustancias.
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El proyecto también abarca especificaciones para casos de violencia sexual, robo agravado y extorsión, estableciendo la imposición de penas correspondientes para aquellos que utilicen armas de fuego reales o réplicas para alcanzar sus objetivos. Además, incluye formas agravadas de usurpación, marcaje, reglaje y otras situaciones similares.