Continúan las críticas a la ley que establece la prescripción de los delitos de lesa humanidad cometidos en el Perú a partir del 01 de julio de 2022; es decir, los casos que hayan sido registrados antes de esta fecha no podrían ser procesados ni condenados por su comisión.
En esta oportunidad, el Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana pidió a las autoridades, entidades y a la sociedad civil accionar los mecanismos constitucionales para buscar la nulidad de dicha norma ante la falta de pronunciamiento del Ejecutivo.
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A través de un comunicado, dicho organismo consideró que es necesario que la ley en mención se declarada nula, a fin de garantizar a las víctimas de todo crimen y asesinato en nuestro país que tengan acceso a la justicia y reparación correspondiente.
“El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana hace un llamado urgente a nuestras autoridades, a los diversos organismos tutelares del Estado de Derecho en el Perú y a la sociedad civil organizada para accionar los mecanismos constitucionales a fin de buscar los caminos para obtener lo más pronto posible la nulidad de esta ley, garantizando que las víctimas de todo crimen y asesinato cometido en nuestra patria, tengan acceso a la justicia y la reparación correspondiente a la que tienen derecho y que el Estado peruano tiene obligación de garantizar”, se lee en el texto.
A juicio de dicha entidad, la protección de los derechos humanos, la justicia y la legalidad son principios fundamentales que deben ser defendidos con firmeza y sin concesiones, por lo que reiteraron su invocación a los congresistas que impulsan esta propuesta para que realicen una “inmediata rectificación por el bien del Perú”.
“El contenido de la ley es inaceptable”
En otro extremo del comunicado, la Conferencia Episcopal Peruana manifestó su “profundo desconcierto y decepción” con esta noticia, pues consideraron que con la promulgación de esta ley se está sacrificando el respeto a la vida y la defensa de la justicia, lo cual causa un irreparable daño a las víctimas de la violencia, así como a las familias afectadas y a quienes esperan que las autoridades trabajen por el bien común.
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“El contenido de esta ley es inaceptable porque pone en grave riesgo la aplicación de una verdadera justicia, así como la responsabilidad sobre el daño causado y el resarcimiento a las víctimas y sus familiares por las graves violaciones de los derechos humanos. El Perú no puede, ni debe contradecir, ni apartarse de tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos y ratificados en el ejercicio de su soberanía”, enfatizaron.
También advirtieron que la norma en mención repite un texto legal al que contenía la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1097, del año 2010, que fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional en su sentencia de 2011.
Según precisaron, el contenido de esta “limita y contradice gravemente los principios universales de justicia que todos debemos defender, especialmente cuando afecta a los que no tienen cómo defenderse”.
En el pronunciamiento, sostuvieron que la norma tendrá un impacto negativo en la tramitación de las investigaciones y procesos judiciales en casos de especial gravedad, como Madre Mía, Humaya Chambara, Geotendia, Lurigancho, Pacha y II, Galván Borja, entre otros que están en investigación preliminar), así como los casos Soras, Pichari, Ventocilla, Las Gardenias, Tablazos, Chuschihuicte, entre otros que se encuentran en investigación judicial o para emitir acusación fiscal.
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