Candidatos que consignen información falsa en hoja de vida serían sancionados con hasta S/51,500. (Foto: ONPE)
Candidatos que consignen información falsa en hoja de vida serían sancionados con hasta S/51,500. (Foto: ONPE)

La comisión de Constitución del aprobó un dictamen que modifica la Ley Orgánica de Elecciones con miras a los comicios generales del 2026.

La propuesta, que reúne varios proyectos de ley, recibió el respaldo de 17 legisladores, mientras que 4 se opusieron y se registraron tres abstenciones.

La bancadas de Fuerza Popular, APP, Avanza País, Renovación Popular, Perú Bicentenario y Somos Perú aprobaron la iniciativa, mientras que Perú Libre se opuso. En tanto, Podemos Perú, Acción Popular, Cambio Democrático-Juntos por el Perú y el Bloque Magisterial se dividieron al momento de la votación.

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El dictamen plantea modificar la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) para precisar que que los candidatos que habiendo o no participado en las elecciones primarias, entregarán a la organización política una declaración jurada de hoja de vida.

En el texto se añade que si existiera falsedad de información, esta será corregida por el . Dicho organismo, según la gravedad de la infracción, impondrá al candidato en mención una multa que oscila entre 1 UIT (S/5,150) hasta las 10 UIT (S/51,500), “sin perjuicio de remitir los actuados al .

Además, las entidades públicas estarán obligadas a remitir la información solicitada por el JNE en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud de información, a efectos de las acciones de fiscalización.

El dictamen plantea que el financiamiento público directo, que reciben los partidos con representación en el Congreso, no solo se dé para las elecciones generales, sino también para las elecciones regionales, a fin de que las organizaciones políticas con candidatos inscritos accedan gratuitamente a publicidad de los medios de comunicación.

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“Las elecciones primarias, en el marco de las elecciones generales y elecciones regionales, también contarán con una franja electoral, de acuerdo con la modalidad elegida conforme a lo dispuesto por el artículo 24. Esta tendrá un periodo desde 15 días hasta los 2 días previos a las votaciones”, se aprecia en el documento.

Se reduce de un año a seis meses tiempo de afiliación

En otro extremo de la propuesta, el grupo presidido por aprobó reducir de un año a seis meses el tiempo de afiliación a un partido político para participar como candidato en las elecciones primarias con miras a los comicios del 2026

Cabe recordar que, actualmente, el artículo 24-A de la LOP establece que solo los afiliados que tenga como mínimo un año de militancia, a la fecha límite de la convocatoria a elecciones generales, puede postular para ser candidato en una elección primaria.

El dictamen, a su vez, precisa que la convocatoria a elecciones generales del 2026 se realizará con una anticipación no menor a los 365 días calendario de la fecha del acto electoral y comprende las elecciones primarias.

Al respecto, el experto en temas electorales, Jorge Jáuregui, indicó que estos cambios a la normativa electoral obedecen a un cálculo político por parte de los partidos representados en el Congreso con la finalidad de obtener un beneficio.

“Es lógico que están generando condiciones que le son más favorables para su participación”, dijo a Canal N.

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A su juicio, no hay una justificación lógica y coherente para extender el plazo de convocatoria a elecciones generales de 270 a 365 días, tal como establece la propuesta.

“Esto implica un proceso electoral bastante más largo, hará que el proceso sea más cansado y habrá un mayor agotamiento por parte de los organismos electorales”, apuntó.

Respecto a la reducción de un año a seis meses del tiempo de afiliación, cuestionó que en el Perú no haya un verdadero sistema de partidos políticos institucionalizados.

“Lo ideal sería es que tengamos un mayor plazo y tiempo de afiliación por parte de las personas que buscan postular en las elecciones primarias”, acotó.

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