El exministro de Justicia, Juan Jiménez Mayor, advirtió que la carta enviada por Dina Boluarte y Alejandro Soto a la Corte IDH “no es válida”. (Foto: Andina)
El exministro de Justicia, Juan Jiménez Mayor, advirtió que la carta enviada por Dina Boluarte y Alejandro Soto a la Corte IDH “no es válida”. (Foto: Andina)

El último lunes, .

Dicha norma, aprobada en segunda votación a inicios de este mes, anula los delitos de lesa humanidad cometidos en el Perú a partir del 01 de julio de 2002; es decir, los casos que hayan sido registrados antes de esta fecha no podrían ser procesados ni condenados por su comisión.

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“Perú es un país democrático que tiene sus propios mecanismos internos para controlar las leyes que se aprueben, sea a través del control difuso ejercido por el Poder Judicial o del control concentrado ejercido por el Tribunal Constitucional. Por esta razón, deploramos profundamente que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la referida de resolución implique que el Perú no es un Estado constitucional de derecho y que carece de los mecanismos propios de una República democrática en la que operan el balance y el control de los poderes públicos”, cuestionaron en el documento.

Al respecto, el exministro de Justicia y exembajador del Perú ante la OEA, , consideró que la carta enviada por Boluarte y Soto “no es válida” al no tener un refrendo ministerial.

“No (es válida) porque todos los actos del presidente requieren un refrendo ministerial. La Constitución dice que son nulos los actos del presidente si no llevan refrendo ministerial”, indicó a Canal N.

En ese sentido, cuestionó el hecho de que no se sepa con exactitud quién de los miembros del Gabinete Ministerial asume la responsabilidad política por la emisión de esta nota diplomática.

“Aquí la pregunta es: ¿quién asume la responsabilidad política por esa nota diplomática que se remitió a la Corte IDH. ¿El canciller?,¿el primer ministro o el de Justicia? ¿Quién asume la responsabilidad política frente al Congreso de este acto diplomático, que ha sido la emisión de esta nota a la Corte?”, se preguntó.

Jiménez Mayor insistió en que el documento enviado a la Corte IDH debe ser declarado nulo, porque es absolutamente inválido.

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“Además, lo establece la Constitución. La consecuencia práctica de decir quién es el responsable político de haber hecho eso, pues no la sabemos”, aseveró.

Las consecuencias de no acatar lo dispuesto por la Corte IDH

. En esa sentido, se mostraron preocupados por esta iniciativa.

“Si no se observa esta ley, corremos un alto riesgo de que mañana los organismos internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pueda sancionarnos”, indicó en Canal N.

En un comunicado, recordó que, según el Convenio sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, dichos delitos no están sujetos a prescripción, sin importar la fecha en que hayan sido cometidos.

“Por lo tanto, desde la junta directiva del Colegio de Abogados de Lima exhortamos al Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta la primacía de la convencionalidad, que proceda a observar la autógrafa de ley aprobada por el Congreso de la República, conforme a las facultades de veto contenidas en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú”, enfatizó.

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