De esta manera, el Parlamento decidió hacer caso omiso a la decisión de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que acogió la medida cautelar presentada por la JNJ y resolvió suspender provisionalmente el proceso de investigación que realiza el Congreso en su contra.
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Al respecto, Samuel Abad, quien es abogado de los integrantes de la JNJ, ratificó esta mañana que ninguno de los siete magistrados acudirá hoy al Pleno para ejercer su derecho de defensa, pese a la decisión del Parlamento de continuar con el proceso.
“La JNJ es respetuosa del mandato judicial y de esta medida cautelar. La junta, cuando revisa la resolución y dice que se ha suspendido el proceso parlamentario, evidentemente tiene que acatar esta orden judicial (...) en acatamiento de la decisión del Poder Judicial, la junta no puede disponer algo distinto. Eso implica que no asistirán al procedimiento parlamentario”, señaló a RPP.
Abad enfatizó que la JNJ en el pasado ha acatado medidas cautelares de este tipo. Por ejemplo, recordó el caso de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, quien obtuvo una resolución judicial que ordenaba la suspensión de las investigación en su contra dentro de la institución, la que fue acatada.
El abogado añadió que la medida cautelar que favoreció a la JNJ también hace hincapié en la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) respecto a la demanda competencial entre el Parlamento y el Poder Judicial. Dicha resolución viene siendo usada por el Legislativo para ignorar la decisión de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
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“El TC le dio la razón al Congreso, pero estableció claramente en un considerando que si había alguna afectación a derechos fundamentales era viable el control jurisdiccional”, acotó.
¿De qué se acusa a los miembros de la JNJ?
La comisión de Justicia encontró una falta grave en la actuación de Imelda Tumialán (presidenta), Aldo Vásquez, Henry Ávila, Antonio de la Haza, María Zavala, Guillermo Thornberry e Inés Tello en tres casos en concreto, por lo que recomendó sus remociones por “causa grave”.
Estos son: por interpretar que la magistrada Inés Tello podía continuar en el cargo, pese a que había superado los 75 años de edad, por no haber cumplido con presentar un informe anual ante el Pleno del Congreso y por haber emitido un comunicado en el que piden reflexión al Parlamento frente al proceso de acusación constitucional que afrontaba la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos.
Esto, a pesar de que en el preinforme, elaborado por los asesores y técnicos del grupo de trabajo, en sus conclusiones no encontró causa grave en la actuación de estos magistrados en ninguno de los casos; sin embargo, a pedido de legisladores de Fuerza Popular, Renovación Popular, Avanza País, entre otras bancadas, el documento fue modificado.
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