Una nueva tabla de sanciones fue publicada por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) donde se da a conocer las multas para los vehículos y conductores que presten los servicios de taxi, transporte de estudiantes, de personal y turístico.
En caso de infracciones muy graves con accidentes de tránsito de por medio, se estableció multas más severas, con la finalidad de reducir la incidencia de estos siniestros y tener un servicio más seguro para la ciudadanía.
La ATU indicó que, en los próximos días, mediante resolución, se establecerán 30 días calendario de adecuación a las disposiciones y se precisará que un accidente es todo aquel evento súbito, imprevisto y violento en el que participa un vehículo automotor en marcha o reposo (detenido o estacionado) en la vía de uso público, y que cause daños a las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de la unidad vehicular.
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Servicio de taxi
En el caso de taxis, de acuerdo a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°. 162-2023-ATU/PE, publicada en el diario oficial El Peruano, la nueva tabla de sanciones comprende 16 infracciones muy graves, nueve infracciones graves y nueve infracciones leves.
Así, por ejemplo, de no tener autorización para brindar el servicio, es decir, informalidad, la multa para el propietario del vehículo será de S/ 9,900, que equivale a dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y para el conductor será de S/ 4,950 (1 UIT).
Pero de existir un accidente de tránsito de por medio, la multa para el propietario sube a S/ 19,800 (4 UIT) y para el conductor a S/ 9,900, más la cancelación de la licencia de conducir y la inhabilitación definitiva para obtener una nueva.
Por otro lado, se estableció el incremento de la multa por agresiones contra los fiscalizadores de transporte, así como la cancelación de la licencia de conducir y el impedimento de sacar una nueva para aquellos conductores que causen lesiones al personal de la ATU. Para quienes realicen el denominado taxi colectivo, la sanción será de dos UIT, equivalentes a S/ 9,900.
En la nueva tabla se han tipificado, entre otras, dos nuevas infracciones: la que sanciona la agresión contra los pasajeros a bordo y la infracción por no participar en los programas de capacitación dispuestos por la ATU y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), lo que ayudará a mejorar los conocimientos técnicos que requieren los conductores para la prestación del servicio.
Al final de la norma se informa a detalle todas las infracciones con sus respectivas sanciones:
Transporte de estudiantes, de personal y turístico
En caso de los sevicios de transporte de estudiantes, de personal y turístico, de acuerdo a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°. 163-2023-ATU/PE, publicada en el diario oficial El Peruano, se aprobaron e incorporaron las tablas de infracciones y sanciones para estos servicios, de la siguiente manera:
- Modalidad de transporte turístico: 16 infracciones muy graves, nueve infracciones graves y siete infracciones leves.
- Modalidad de transporte de estudiantes: 16 infracciones muy graves, 10 infracciones graves y cinco infracciones leves.
- Modalidad de transporte de trabajadores: 16 infracciones muy graves, nueve infracciones graves y cinco infracciones leves.
Al final de la norma se informa a detalle todas las infracciones con sus respectivas sanciones: