El burgomaestre explicó que la comuna sancionará con una multa de 50 % de una UIT (S/ 2,475) a los establecimientos comerciales en los que se consumen bebidas alcohólicas en su interior. (Foto: Difusión)
El burgomaestre explicó que la comuna sancionará con una multa de 50 % de una UIT (S/ 2,475) a los establecimientos comerciales en los que se consumen bebidas alcohólicas en su interior. (Foto: Difusión)

La municipalidad de , anunció que a partir del 1 de diciembre en dicho distrito se iniciará una marcha blanca para que los que vendan bebidas alcohólicas usen detector de metales con el objetivo de garantizar la tranquilidad, seguridad y orden público.

En total, se incorporaron diez códigos de infracción y se modificaron cuatro, referidos al ingreso de armas de fuego a locales comerciales que expenden licor para el consumo interno y al control de los motociclistas que circulan en el distrito, señaló el alcalde de dicha comuna,

¿Qué prohíbe la ordenanza?

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El burgomaestre explicó que la comuna sancionará con una multa de 50 % de una UIT (S/ 2,475) a los establecimientos comerciales en los que se consumenen su interior, que permitan el ingreso de personas que porten armas de fuego, con excepción de aquellas que estén obligadas a hacerlo, por su profesión y/o actividad, quienes deberán informar esta circunstancia al local, al momento de su ingreso, y no podrán consumir bebidas alcohólicas al interior de este.

Para tal fin, dichos establecimientos deberán contar, a partir del 1 de diciembre, con paletas y/o pórticos para la detección de, bajo pena de multa equivalente a una UIT (S/4,950).

Asimismo, deberán colocar de manera visible a la entrada, un cartel o anuncio que indique la prohibición del ingreso de armas de fuego. No hacerlo, acarrearía una multa equivalente al 50 % de una UIT (S/ 2,475).

¿Qué establecimientos comerciales están comprendidos en la norma?

Aquellos donde se expende bebidas alcohólicas para el consumo dentro del mismo local como discotecas, pub, karaokes, salones de baile, peñas, establecimientos con espectáculo y con venta de licor.

Nuestra intención no es supervisar para multar a los propietarios, sino ayudarlos para que cuando un consumidor vaya a su local lo hagan con la certeza de que no hay personas con armas. Los exhortamos a que coloquen los carteles informativos, que confíen en la buena fe de los clientes y que -si hay dudas- utilicen los detectores de metales”, comentó

Las nuevas sanciones son producto de la modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) de la Municipalidad Distrital de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 480/MM.

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Control de motos y ruidos molestos

Asimismo, el Concejo Municipal aprobó nuevas multas que buscan terminar con los ruidos molestos provocados por motociclistas. Se harán acreedores a una multa equivalente a 50 % de una UIT (S/ 2,475), aquellas personas que ocasionen ruidos molestos por el uso de su sin silenciador o con tubo de escape antirreglamentario, así como por realizar competencias no autorizadas en la red urbana, realizar piques, activar de manera innecesaria sus alarmas, bocinas y fomentar la aglomeración de motos en espacios públicos.

De igual forma, se aprobaron nuevas sanciones para de vehículos motorizados que generan desorden en la vía pública.

Por ejemplo, detener y/o estacionar unidades motorizadas o no motorizadas en la calzada, malecones, parques, veredas, jardines de aislamiento y/o bermas, obstruyendo la libre circulación de los carriles autorizados y/o generando dificultad para la libre circulación y/o alterando la tranquilidad pública y/o generando desorden, originará una sanción equivalente al 50 % de una UIT (S/ 2,475), que incluye el internamiento del vehículo del infractor.

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