La norma aprobada por el Congreso modifica, entre otros puntos, la conformación del Consejo Directivo de la Sunedu. (Foto: Andina)
La norma aprobada por el Congreso modifica, entre otros puntos, la conformación del Consejo Directivo de la Sunedu. (Foto: Andina)

Ministro de Cultura, Alejandro Salas, señaló que el presidente Pedro Castillo solicitó una reunión extraordinaria para abordar la

Como se recuerda, en la víspera pleno del Congreso aprobó en primera votación el texto sustitutorio de la Comisión de Educación que restablece la “autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas”. El dictamen fue aprobado con 69 votos a favor, 39 en contra y 2 abstenciones.

En ese sentido, el ministro Salas señaló que este miércoles se evaluó el tema en el Consejo de Ministros y que el ministro de Educación, Rosendo Serna, ha pedido una nueva reunión en el Consejo para analizar las implicaciones de la normativa.

“Sí hemos tocado el tema el día de hoy en Consejo de Ministros, tenemos que tener en cuenta que esta ley básicamente ha sido aprobada en primera votación hace 24 horas recién. El ministro de Educación le ha pedido recién al Consejo de Ministros. Está encaminado en eso y el presidente (Pedro Castillo) ha pedido una sesión de Consejo de Ministros extraordinaria con un único punto de agenda que es la evaluación del Ministerio de Educación respecto de este tema”, dijo el ministro Salas durante la conferencia de prensa en la que no participó el jefe de Gabinete, Héctor Valer.

La norma aprobada por el Congreso modifica la conformación del Consejo Directivo de la Sunedu, el que estaría integrado por dos representantes de las universidades estatales, uno de las privadas, uno del Concytec, uno del Sineace, uno del Minedu y otro del Consejo de los Decanos de Colegios Profesionales del Perú.

También se establece que el superintendente de la Sunedu será elegido entre sus miembros representantes. Además, los representantes de las universidades que integran el Consejo Directivo serán elegidos en una convocatoria nacional por los rectores de las universidades, siendo el plazo de la convocatoria para ambos casos de 30 días hábiles.

La norma precisa también que los miembros de este consejo son elegidos por un periodo de tres años y no hay reelección. Tal como establece el reglamento del Congreso, el proyecto será materia de segunda votación transcurrido siete días calendarios.

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