La Superintendencia Nacional de Migraciones precisó este viernes que el procedimiento de recuperación de la nacionalidad peruana no incluye como requisito exigible acreditar por lo menos un año de domicilio interrumpido en el Perú.
A través de un comunicado indicó que el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) publicado el último domingo 22 de octubre, no lo establece como requisito o condición, de conformidad con la Ley 31295, que modifica la Ley de Nacionalidad.
La referencia a la acreditación de un año de domicilio, incluida en la descripción del procedimiento en el TUPA, y no en los requisitos o condiciones, será rectificada próximamente.
Migraciones detalló a Gestión sobre el trámite de recuperación de nacionalidad peruana, que es uno de los proceso más solicitados.
LEA TAMBIÉN: Nacionalización de extranjeros: ¿cómo tramitar la solicitud?
LEA TAMBIÉN: Partida de nacimiento: los casos más frecuentes para rectificación
Trámite
- Solicitud ingresada por mesa de partes virtual de la Agencia Digital de Migraciones.
- Dicha solicitud es remitida a la Jefatura Zonal que el administrado designe para su precalificación (cumplimiento de requisitos TUPA).
- Luego la subdirección de Gestión Técnica Migratoria evalúa el expediente administrativo (validación de documentos, solicitud de información a entidades pública o privadas) y califica, de encontrarla conforme, cita al solicitante para el último día hábil del mes, a fin de que sea examinado por la comisión de evaluación. Culminado ello se formula el informe técnico.
- Después la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria remite el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica de Migraciones, con la finalidad que emita el Dictamen pertinente.
- Posterior a ello se revida el expediente a la Oficina General de Asesoría Jurídica de Mininter, de estar conforme elabora el informe legal y proyecto de Resolución Ministerial, la misma que debe estar visada por los órganos involucrados.
- Migraciones recibe el expediente y cita al administrado para su firma y huella en el Título de nacionalidad, el mismo que debe encontrase visado por todos los órganos involucrados.
- Notificación al administrado para la entrega del Título de Nacionalidad en una Ceremonia Especial de Juramentación.
Requisitos
- Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la página web www.migraciones.gob.pe o en la Superintendencia Nacional de Migraciones.
- Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
- Acta de nacimiento no mayor a 90 días calendario.
- Copia simple del pasaporte.
- Declaración jurada de estado de salud, domicilio, no poseer antecedentes penales, judiciales y policiales.
- Declaración Jurada de encontrarse en cumplimiento de las condiciones y requisitos que fueran presentados en la prórroga de residencia o cambio de calidad migratoria, caso contrario presentar copia simple de los documentos actualizados que sustenten dicho cambio.
- Ficha de canje internacional de interpol no mayor a 6 meses.
Autoridad que tiene a cargo el procedimiento
- Sub Dirección de Gestión Técnica Migratoria
Documento que otorga la nacionalidad
- Resolución Ministerial
Costo
- S/ 323.70
Plazo del trámite
- 30 días hábiles.