Con la salida de Juan Reynoso, la hinchada blanquirroja espera que la Federación Peruana de Fútbol (FPF) tenga en cuenta diferentes cláusulas en el contrato con el nuevo director técnico que, según se especula, podría ser Jorge Fossati. Por ello, presentamos qué limitaciones deberían estar presentes.
Gestión conversó con Ricardo Mego, abogado especialista en derecho contractual, patrimonial y derecho corporativo, socio de MOAR Abogados, quien indicó que la FPF debe regular los riesgos que se pueden generar en la selección peruana, más con la experiencia que tuvo con Juan Reynoso.
“En el contrato con Reynoso no se midió que la situación pública, incluso de los sponsors, lo cual hace inmanejable la situación. La presión popular y mediática es tan grande que el proceso no se puede sostener y la FPF debe tener una salida, respetando el pago de una cláusula de penalidad”.
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1. Cláusula de Rendimiento
Por ello, Claudia Susano, abogada especialista en Derecho Penal y gerente general de SSL Abogados, indica que una cláusula de rendimiento es necesaria en un contrato, por si los resultados no son los esperados y la selección peruana no rinde de manera eficiente.
“Se supone que se contrata a alguien para ayudar a fortalecer y unificar al equipo, pero no ha sucedido y se ha visto demasiado juego disociado y eso ha influido en los resultados que se obtuvieron en el marcador. La FPF debió haber negociado mejor el tema del rendimiento para que influya en la resolución contractual y no se presenten los problemas de ahora”, añadió.
2. Cláusula de rescisión
En el caso de un despido arbitrario, la entidad tiene la opción de resarcir económicamente una indemnización al trabajador; sin embargo, en este caso, la especialista considera que este monto es “millonario”.
“La FPF también está compuesto por dinero estatal, más allá de la publicidad. Por lo que se debió determinar un punto medio en la indemnización. En el contrato se determinó una suma millonaria que va en desmedro de la FPF”.
Ricardo Mego coincide en que debe realizarse un pago, pero este debe acordarse durante la firma del contrato: “Tiene que ser un pago reducido, este es un contrato de locación de servicios. La FPF debería tener una preliquidación, un acuerdo que se debe ser fijado al firmar el contrato. Podría ser un monto fijo o porcentual de los meses que faltan para culminar el acuerdo, siendo este un monto determinado o determinable”.
Finalmente, reitera que “se debe respetar el contrato, pero también se debe tener una salida en supuestos inmanejables. Por más que se tienen buenas intenciones, la presión mediática no se puede controlar”.
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3. Contrato por temporadas
Para Claudia Susano, el contrato de un director técnico debería ser similar a la de un jugador de fútbol, por un periodo de tiempo en el que se pueda identificar el rendimiento de la selección.
“Hacer un contrato por una duración tan larga, es hacer un contrato temerario. Podría hacerse un contrato a tiempo parcial. El contrato debió tener una temporalidad mucho menor y que se pueda renovar de forma anual o por temporadas. Desde el inicio de las eliminatorias, a los partidos oficiales y, posterior a ello, un mes adicional para ver los temas administrativos de acuerdo al rendimiento”, señaló.
Ricardo Mego insta a que la contratación del director técnico debe ser con una planificación proyectada al mundial, por eso suelen durar hasta 4 años. “Los directores técnicos que aceptan el cargo se mudan al Perú con todo el equipo de trabajo. El supuesto de contratos anuales no funciona con selecciones nacionales, a menos que sea un director técnico interino, es decir, hasta que se consiga a otro técnico”.
4. Resolución unilateral del contrato
El socio de MOAR Abogados recomienda que “Debe existir la posibilidad de terminar el contrato si la bicolor se encuentra en un momento catastrófico, que es lo que ha pasado con Reynoso, donde el equipo tenga un porcentaje mínimo de puntos y el clamor público sea insostenible”.
Además, agrega que se debe negociar una cláusula que les permita terminar unilateralmente el contrato antes de culminar el plazo original. “Ese derecho es una cláusula y dependiendo de la situación del equipo, se puede ejercer o no”.
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5. Solución de controverias
Finalmente, Claudia Susano recomienda que en el contrato se mencione la forma de solucionar alguna controversia que se presente dentro del plazo de duración.
“Si se va a un arbitraje, todo lo que sea derecho laboral es a favor del trabajador. En el caso de no cumplir el pacto, debería incluirse que la solución de controversias no sea llevado al campo judicial porque como FPF perderían el caso y el gasto va a ser millonario, entonces van a pagarle incluso la indemnización. Se recomienda que ese tipo de casos sean resueltos a través de la FIFA o de otras instancias que sean más especializadas con el tema”.