El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) aprobó el décimo tercer listado de personas beneficiarias de la entrega económica dispuesta por el Decreto de Urgencia N° 063-2020, el cual contiene 11 nombres de deudos de tres personas fallecidas.
La norma detalla que la fecha de los abonos de la entrega económica en el Banco de la Nación será comunicada a través de la Sede Digital del Minjus y de los canales telefónicos habilitados para tal fin.
El Ministerio de Salud es el responsable, a través de la Dirección General de Personal de la Salud, de elaborar los listados del personal de salud fallecido a consecuencia del Covid-19, y de remitir la información al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
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Se considera como personas beneficiarias de la entrega económica a los herederos forzosos y legales del personal de la salud, cuya condición se acreditará con la verificación de la inscripción ante los registros públicos de la sucesión intestada o testamento.
Asimismo, se establece que el monto de la entrega económica asciende a la suma de S/ 40,000 por cada personal de la salud fallecido a consecuencia del Covid-19, a favor de sus deudos.
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En el caso de obtener saldos pendientes de distribución, se debe proceder a distribuir en partes iguales el saldo obtenido entre el número total del personal de la salud fallecido a consecuencia del Covid-19.
Para la entrega de este apoyo económico, se procede a la verificación de los herederos forzosos en las sucesiones intestadas, para el reconocimiento de los beneficiarios a través de la publicación de listados oficiales.
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