El Poder Ejecutivo oficializa la Ley de promoción y fortalecimiento de la acuicultura. (Foto: GEC)
El Poder Ejecutivo oficializa la Ley de promoción y fortalecimiento de la acuicultura. (Foto: GEC)

El Poder Ejecutivo oficializó la Ley de promoción y fortalecimiento de la acuicultura, la cual había sido aprobada anteriormente por el Congreso de la República.

Se trata de la , publicada ayer en la edición extraordinaria de las normas legales del diario El Peruano, se busca establecer medidas para fortalecer el desarrollo de la acuicultura sostenible en el país y promover las sinergias entre las empresas acuícolas a nivel nacional.

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La norma es aplicable a las personas naturales o jurídicas que cuenten con derecho administrativo y habilitación sanitaria vigente para realizar la actividad de acuicultura, en las siguientes categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y la Acuicultura de Mediana y gran Empresa (AMYGE), las cuales deben cumplir con todas sus obligaciones tributarias y sanitarias correspondientes.

Se encuentran comprendidos en los alcances de la presente ley las personas naturales o jurídicas que cuenten con derecho administrativo y habilitación sanitaria vigente para realizar la actividad de acuicultura y que realizan procesamiento industrial (proceso de congelado, envasado o curado) con fines de conservación y comercialización.

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La mencionada ley también crea el Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola, dependiente del Fondo Crecer y del Fondo Mypyme, que deberá contar con recursos reembolsables y no reembolsables, los mismos que se definirán en los respectivos reglamentos.

La participación de las empresas que gocen de este beneficio se rige bajo los criterios de idoneidad para participar de los beneficios del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola, así como las tasas y otras condiciones del financiamiento, que serán definidas en los respectivos reglamentos.

El Ejecutivo debe elaborar y publicar el reglamento de la presente ley en un plazo de 90 días calendario. Además, el Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo de 90 días hábiles, aprueba el Reglamento del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola del Fondo Crecer y el Reglamento Operativo del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola del Fondo Mypyme.