El Ejecutivo oficializó hoy la declaratoria del estado de emergencia en las zonas de frontera del territorio nacional ante la actual crisis migratoria reflejada en la llegada de migrantes venezolanos, haitianos y colombianos -en su mayoría indocumentados- que desean ingresar al Perú. La medida aplica en diversos distritos y provincias de las regiones de Tumbes, Piura, Cajamarca, Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Tacna,
Esta medida que rige por el periodo de 60 días, se oficializó, a través del Decreto Supremo 055-2023-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano.
Se trata de diversos distritos de las provincias de Zarumilla (Tumbes); Sullana, Ayabaca y Huancabamba (Piura); San Ignacio (Cajamarca); Condorcanqui (Amazonas); Maynas, Loreto y Datem del Marañón (Loreto); Tahuamanu (Madre de Dios); Tarata y Tacna (Tacna).
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La norma de declaratoria de emergencia de zonas de fronteras dispone que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.); para lo cual la policía determina las zonas donde se requiere dicho apoyo.
Asimismo, durante el estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Además, la intervención de la PNP y de las FF.AA. se realiza conforme a lo dispuesto en el decretos legislativos que regulan el uso de la fuerza por parte de los miembros de ambas instituciones; así como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”.
De igual modo, establece que las acciones de control y vigilancia se realizarán en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y considerando estipulaciones de las Cartillas de Seguridad en las áreas próximas a las fronteras, acordadas bilateralmente por las Fuerzas Armadas del Perú y de los países vecinos, según corresponda.
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