Palacio de Gobierno. (Foto: Andina)
Palacio de Gobierno. (Foto: Andina)

El Gobierno declaró de interés nacional la realización de las ceremonias de la Transmisión del Mando Supremo 2026 y los eventos conexos, y dispuso además la conformación de una Comisión Ejecutiva encargada de su planeamiento, organización y dirección.

Ambas disposiciones fueron oficializadas mediante las y , publicadas en el diario oficial El Peruano.

Las ceremonias se llevarán a cabo los días 27 y 28 de julio del 2026, en cumplimiento del artículo 116 de la Constitución Política del Perú, que establece que el 28 de julio del año en que se realiza la elección asume el cargo el Presidente de la República elegido en los comicios generales convocados por el .

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De acuerdo con la norma, corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, asumir el planeamiento, organización y conducción de estos actos oficiales, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 096-2005-RE.

La resolución señala que las ceremonias de la Transmisión del Mando Supremo constituyen el acto oficial de mayor relevancia del Estado peruano, en el cual se formaliza el cambio de titular de la Presidencia de la República ante las más altas autoridades nacionales, dignatarios extranjeros y el Cuerpo Diplomático acreditado en el país.

En ese contexto, se destaca que estas actividades representan un espacio de proyección internacional y afirmación de los valores democráticos, la estabilidad política y la continuidad institucional del Perú ante la comunidad internacional.

Asimismo, se dispone la constitución de la Comisión Ejecutiva encargada de la organización de la ceremonia. Como Coordinador General fue designado el Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, embajador Eduardo Miguel Hilarión Pérez del Solar Marcenaro, y como Director Operativo, el Director de Ceremonial del Estado, ministro Enrique Augusto Noria Freyre.

La Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado realizará las coordinaciones con las autoridades competentes para el adecuado desarrollo de las actividades programadas.

El financiamiento de las acciones previstas se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a la normativa vigente. Las resoluciones supremas son refrendadas por el ministro de Relaciones Exteriores.

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