¿Sabes qué días son libres? Por la llegada del Año Nuevo 2022 se ha dispuesto, además, del feriado del 1 y 2 de enero otro día no laborable para crear un puente con la finalidad de incentivar el turismo.
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El beneficio de los días no laborables, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Promoción de empleo, está dirigido a trabajadores de sector público de todo el país.
Los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a la medida, previo acuerdo entre empleador y sus trabajadores. En ese caso, las personas que laboren en esos días no recibirán triple pago, como sí ocurre en los casos de los feriados pues estos sí implican descanso obligatorio y es aplicable para todos los trabajadores, sin excepción.
¿QUÉ DÍAS SERÁN NO LABORABLES POR AÑO NUEVO?
Si bien el 1 de enero de feriado, el Gobierno declaró los días viernes 31 de diciembre del 2021, 2 de enero, así como el lunes 3 de enero del 2022 como días no laborables.
¿CUÁLES SON LOS FERIADOS DEL 2022 EN PERÚ?
A continuación, conoce el calendario de días feriados en el país:
Enero
- Sábado 1 de enero: Año Nuevo
Abril
- Jueves 14 de abril: Jueves Santo
- Viernes 15 de abril: Viernes Santo
- Domingo 17 de abril: Domingo de Resurrección
Mayo
- Domingo 1 de mayo: Día del Trabajo
Junio
- Miércoles 29 de junio: San Pedro y San Pablo
Julio
- Jueves 28 de julio: Fiestas Patrias
- Viernes 29 de julio: Fiestas Patrias
Agosto
- Martes 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
Octubre
- Sábado 8 de octubre: Combate Naval de Angamos
Noviembre
- Martes 1 de noviembre: Día de todos los Santos
Diciembre
- Jueves 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- Viernes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- Domingo 25 de diciembre: Navidad
¿CUÁLES SON LOS DÍAS NO LABORABLES DE 2022 EN PERÚ?
Se sabe, de momento, que el único día no laborable de 2022 es el 3 de enero de 2022, posterior a las celebraciones por fin de año.
¿CÓMO COMPENSO LOS DÍAS NO LABORABLES QUE DESCANSE?
Si dejaste de trabajar los días no laborables, estas horas no trabajadas serán compensadas en los 10 días posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
¿EL SECTOR PÚBLICO ATENDERÁ DURANTE LOS DÍAS NO LABORABLES?
Si, en aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante esas fechas, indica el Decreto Supremo 161-2021-PCM. Por ello, las autoridades de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar los servicios.
Se trata de los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.