(Foto: GEC)
(Foto: GEC)

El Tribunal Constitucional emitió una nueva sentencia en donde señala que los peruanos ahora podrán decidir si desean llevar primero su apellido materno antes que el paterno e inscribirlo así ante la .

El magistrado del  se refirió a este fallo y habló acerca de una “interpretación equivocada” por parte del organismo encargado del registro e identificación de las personas respecto al artículo 20 del Código Civil, “que parecía establecer la obligación de que primero vaya el apellido del papá y, luego, el de la mamá”.

Esto haciendo referencia al caso de una joven, quien puso una demanda contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), debido a que, en aplicación del artículo 20 del Código Civil, se le denegó su con el apellido de la madre.

“La cuestión más importante es que el nombre es un aspecto de identidad; y esta chica ha vivido toda su vida con el apellido de su madre y no se le puede obligar de la noche a la mañana desconocer parte de su propia historia”, declaró.

“Lo que hemos resuelto es que aquí lo que importa es que ella tiene una identidad con el apellido de la madre y hay que respetarlo”, añadió.

Espinosa-Saldaña aseguró además, que a partir de esta sentencia del TC todas las personas que estén en la misma situación que la demandante “van a poder reclamar a Reniec, y Reniec tendrá que cumplir con darles el reconocimiento del apellido de la madre”.

“En ninguna parte de la Constitución se dice que tiene que ir primero el apellido del padre y, después, el apellido de la madre”, sentenció.

Interpretación del TC

Esta nueva interpretación ahora deberá ser utilizada por el organismo en mención, por lo que, desde ahora en adelante, toda persona podrá elegir el orden de apellidos que desee.

“Nos proyectamos un poco más, porque también establecemos que, si hay acuerdo entre padre y madre, para que vaya primero el apellido de la madre y después entre el padre, se va a poder hacer y Reniec lo va a tener que aceptar”, señaló.

“O si aparecen casos de padres que se desentienden de la criatura, la madre tendrá la posibilidad de hacer el trámite, con cargo a que cuando el hijo o hija tenga la edad suficiente puedan decidir con qué apellidos se quedan”.

Con esta resolución, el Perú se une a otros países como España, Portugal y Argentina, donde se permite a los progenitores y a la misma persona elegir el orden de sus apellidos, en aras de proteger su derecho a la identidad y a la igualdad de sexos.


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