La Municipalidad de San Martín de Porres implementa un régimen excepcional para otorgar licencias de funcionamiento. Foto: Andina
La Municipalidad de San Martín de Porres implementa un régimen excepcional para otorgar licencias de funcionamiento. Foto: Andina

La Municipalidad de aprobó la , que establece un régimen excepcional para el otorgamiento de licencias de funcionamiento.

Esta medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y permitirá que algunos establecimientos comerciales obtengan licencias, incluso si la actividad económica que realizan no es compatible con la zonificación asignada según la normativa vigente.

Los establecimientos podrán obtener una bajo este régimen, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 567/MDSMP y la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, aprobada mediante Decreto Supremo N° 163-2020-PCM.

Entre los tipos de comercio que pueden beneficiarse de este régimen se incluyen bodegas, minimarkets, librerías, farmacias, oficinas administrativas, gimnasios, imprentas, cabinas de internet, peluquerías, restaurantes, panaderías, entre otros.

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También se estableció que las licencias otorgadas bajo este régimen serán temporales, con una vigencia de un año, y podrán renovarse siguiendo el mismo proceso.

Además de los requisitos comunes, los solicitantes deberán presentar una consulta vecinal que recoja las firmas de 20 vecinos colindantes, expresando su conformidad con la actividad comercial propuesta. Esto incluye obtener firmas de vecinos de los extremos derecho, izquierdo, delante y detrás del establecimiento.

Las bajo este régimen tendrán una duración de un año y podrán renovarse anualmente, siempre que se cumplan nuevamente los requisitos estipulados. Cabe destacar que si un grupo de 20 vecinos presenta una solicitud de oposición, o si existen quejas reiteradas y debidamente acreditadas sobre el establecimiento, no se concederá una nueva licencia bajo este régimen.

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