La Defensoría del Pueblo recomendó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) medidas idóneas y urgentes para asegurar el cumplimiento de las verificaciones periódicas de los medidores de consumo agua, con la finalidad de proteger el derecho de los usuarios a pagar por lo efectivamente consumido.
Añadió que es importante reconocer que se haya acogido la recomendación defensorial de no aprobar el proyecto normativo mediante el cual se permitía a las empresas verificar la situación de los medidores solo con una muestra aleatoria, cada tres años, y únicamente a equipos con un tiempo de instalación mayor a cinco años.
La referida iniciativa también otorgaba facultades para reemplazar todos los medidores, sin evaluar su estado real de operatividad, lo cual no genera incentivos para mantener en óptimas condiciones los medidores instalados.
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La medida, fue un acuerdo de Consejo Directivo de la Sunass, adoptado el 15 de agosto del presente año, que resolvió no aprobar el proyecto normativo contenido en la Resolución n.° 021-2023-SUNASS-CD, tras las observaciones formuladas por la Defensoría del Pueblo mediante el Informe Jurídico Defensorial que propone la modificación del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento y del Reglamento General de Fiscalización y Sanción (https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2023/07/Informe-Jur%C3%ADdico-Defensorial-N%C2%B0-0005-2023-DP.AMASPPI.pdf).
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“Es importante continuar impulsando un control universal y adecuado de los medidores y reducir los problemas de agua no facturada de las empresas. Por ello, la Defensoría del Pueblo ha recomendado a la Sunass incorporar a la normativa disposiciones que definan el periodo de vida útil de los medidores, medidas para que sean verificados al menos una vez dentro de ese periodo, y que los contratos entre las empresas y los proveedores de medidores contemplen garantías para el reemplazo y/o reparación de equipos”. expresó la Defensoría.
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