
El Gobierno dispuso una cuarentena focalizada, entre el 31 de enero y 14 de febrero, en ciertas regiones con nivel extremo de contagios por COVID-19, medida que no se descarta pueda ser ampliada.
Esta restricción dada por el Gobierno podría aumentar las renegociaciones de contratos de alquileres con dificultades de pago, tanto en los casos de viviendas como de locales comerciales, refirió Daniel Linares, abogado civil socio del Estudio Linares Abogados.
Las dificultades para el pago de alquileres de viviendas podrían darse en caso el arrendatario pierda el empleo -sobre todo si la cuarentena se amplía- mientras que los locales comerciales afectados son los que no brindan servicios o productos esenciales, por lo que temporalmente deberán cerrar operaciones.
“Para todos esos casos se puede plantear una renegociación temporal de los contratos, debido a esta situación extraordinaria”, remarcó Linares.
Agregó que las opciones de renegociación son diversas. Por ejemplo, en el caso de locales comerciales se puede pactar un fraccionamiento en el pago del alquiler, de manera que se pague la renta en proporción a los días que sí pudo operar el negocio y el monto restante se pague después de la cuarentena y para ello se establece un cronograma de pago futuro.
“En los casos de inquilinos con buen historial incluso el arrendador puede aceptar condonar parte de la renta de forma temporal. Esto pues no quiere que se vaya ya que en la actual coyuntura será difícil volver a alquilar”, subraya Linares.
El especialista recuerda que en el último año se han dado diversas dificultades de pago de alquileres debido a las restricciones por el COVID-19. Y en el 95% de esos casos se logró una renegociación de los contratos con el objetivo de evitar que el conflicto escale y llegue a un proceso judicial.
“En un proceso judicial pierden ambas partes. Y los propietarios prefieren conservar a sus inquilinos. Por eso en la mayoría de los casos se logró evitar llegar a un proceso judicial”, señaló.
En esas renegociaciones muchas veces se dejaron sin efecto las penalidades que establecía el contrato de alquiler en caso de retrasos en los pagos.
“Pero siempre se revisa y sustenta que son casos afectados por las restricciones del COVID-19 y que no son morosos que se quieren aprovechar de la situación para no pagar el alquiler”, anotó Linares.
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