El Perú es uno de los países con la cifra más altas de violencia sexual contra la mujer en el mundo. Este tipo de agresiones se da de diferentes maneras y en muchos ámbitos, como el laboral. ¿Sabes cómo debes reaccionar ante un caso en tu trabajo?
El acoso, hostigamiento o violencia en el centro de labores no es un hecho aislado. El 77% de las trabajadoras afirma haber sido testigo de actos de hostigamiento sexual en ese ambiente y el 25% se ha sentido hostigada sexualmente en su vida laboral, según una encuesta divulgada en septiembre de 2022 por Atalla Legal, consultora especializada en temas laborales, inclusión social y género.
El problema es que solo el 4% de las mujeres que sufrió acoso, se atrevió a denunciar. A continuación, te indicamos cómo hacer valer tus derechos.
¿HAY ALGUNA LEY CONTRA EL ACOSO SEXUAL EN EL PERÚ?
En la actualidad existe la Ley N°27492, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, que señala que cualquier conducta de naturaleza y/o connotación sexual o sexista no deseada por la víctima, y que haya generado un ambiente hostil, intimidatorio y humillante, configura un acto de hostigamiento sexual.
¿QUÉ ACCIONES SON SINÓNIMO DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL?
El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se manifiesta mediante conductas de naturaleza o connotación sexual o sexista que no desea la persona contra la que se dirige. Puede darse por parte de los jefes o compañeros de trabajo. Estos actos pueden crear un ambiente intimidatorio, hostil y humillante en diversos ámbitos de la vida laboral, explica el Ministerio de Trabajo. A continuación, algunos ejemplos:
- Comentarios e insinuaciones
- Observaciones
- Tocamientos, roces o acercamientos corporales
- Proposiciones sexuales y otras formas de similar naturaleza.
¿QUÉ HAGO SI SOY VÍCTIMA DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL?
A continuación, estos son los pasos a seguir para hacer valer tus derechos:
- Formula una queja verbal o escrita ante la Oficina de Recursos Humanos o quien haga a sus veces, con los datos de identificación del presunto hostigador (nombre, cargo, función, etc).
- Solicita la intervención de la Inspección del Trabajo, a través de una denuncia ante la Sunafil o Direcciones Regionales de Trabajo, para la investigación de los hechos.
- Además, podrás accionar judicialmente el cese de la hostilidad o el pago de una indemnización, dando por terminado el contrato de trabajo.
¿QUÉ ACCIONES DEBE TOMAR LA EMPRESA PARA PROTEGER A LA VÍCTIMA DE VIOLENCIA SEXUAL?
Las oficinas de recursos humanos deben velar por los derechos de la víctima y cumplir con la disposición de la norma. La trabajadora debe recibir atención médica, física y mental o psicológica; además de tener medidas de protección personal, entre ellas:
- Rotación o cambio de lugar del presunto hostigador
- Suspensión temporal del presunto hostigador
- Rotación o cambio de lugar de la presunta víctima, sólo si ella o él lo solicita
- Pedir a las autoridades competentes el impedimento de acercamiento o de proximidad, entre otras.