El Gobierno oficializó la declaración de Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por 90 días calendario, por la existencia del COVID-19, luego que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha elevado la alerta por el COVID-19 “nivel muy alto” en todo el mundo, tras los casos de brote que se han detectado en los últimos días en países como Italia o Irán.
Hasta ahora, fuera de China se han detectado 4,351 casos en 48 países, con primeros contagios en Nigeria, Dinamarca, Estonia, Lituania, Países Bajos e Islandia en las últimas 24 horas.
El organismo ha decidido elevar la alerta por “el aumento continuo en el número de casos y de países afectados en los últimos días”, que considera “claramente preocupantes”.
De esta manera, establece que en un plazo no mayor de 72 horas, mediante Decreto Supremo, el Ministerio de Salud aprueba el Plan de Acción y la relación de bienes y servicios que se requieren contratar para enfrentar la emergencia sanitaria aprobada, el mismo que incluye al Seguro Social de Salud – EsSalud y las Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.
Medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19
En este marco, en los puertos, aeropuertos y puestos de entrada terrestres, las instituciones públicas y privadas a cargo de la administración de puertos y aeropuertos deben adoptar las medidas que correspondan para disponer las medidas sanitarias necesarias para evitar la propagación del COVID-19 en los espacios que correspondan.
Asimismo, las instituciones públicas y privadas relacionadas al tema migratorio deben trabajar de manera articulada para lograr un control efectivo sanitario del flujo migratorio.
Viajeros
Todas las personas que ingresen al territorio nacional deben presentar de manera obligatoria la Declaración Jurada de Salud del Viajero para prevenir el COVID-19
Todas las personas que ingresen al territorio nacional deben presentar de manera obligatoria la Declaración Jurada de Salud del Viajero para prevenir el COVID-19
Así también, toda persona que ingrese al territorio nacional provenientes de países con antecedentes epidemiológicos y que se encuentren en la relación que elabore el Centro de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades – CDC del Ministerio de Salud, tales como Italia, España, Francia y China debe sujetarse a un periodo de aislamiento domiciliario por 14 días.
“La lista de países es actualizada por el CDC y publicada en su página web y la del Ministerio de Salud”, detallan.