Esta tarde la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso de la Republica, continuará con la sesión virtual del predictamen que propone la modificación de la Ley Nº 28736 – Ley para la protección de Pueblos Indígenas y Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (Ley PIACI).
Según la asociación Derecho Ambiente y Recursos Naturales (DAR), a la fecha, la Ley no garantiza la intangibilidad de los territorios de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial de la Amazonía peruana (PIACI). Y por el contrario, en su artículo 5.c, habilita al Estado para que, en caso de “necesidad pública”, pueda otorgar nuevos derechos de aprovechamiento de recursos naturales, como derechos de exploración y explotación, lo cual pondría en grave riesgo la vida e integridad de los PIACI.
“Esto se agrava en el actual contexto de pandemia del COVID-19, porque los PIACI se encuentran en una situación de alta vulnerabilidad que no se limita a sus condiciones inmunológicas (falta de defensas), sino que abarca factores sociales y culturales como carencias en los servicios de salud para el caso de pueblos en contacto inicial. Eso hace que cualquier tipo de contacto signifique un riesgo para sus vidas e integridad de sus pueblos”, indicó la organización no gubernamental.
De acuerdo al análisis realizado por DAR y la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), es importante que se establezca la intangibilidad de sus territorios a fin de prohibir totalmente las actividades de terceros ajenos a los PIACI, tales como: prohibición de establecimiento de asentamientos poblacionales distintos a los PIACI, prohibición de realización de cualquier actividad distinta a la de los usos y costumbres ancestrales, prohibición de actividades económicas y prohibición de otorgamiento de derechos para el aprovechamiento de recursos naturales del interior de los territorios PIACI.
Es decir, que se establezca la prohibición, bajo ninguna justificación, del ingreso a las reservas de todo agente externo, entiéndase empresas, órdenes de carácter religioso, misioneros, grupos o partidos políticos, entre otros.
Por eso, en la agenda del día de hoy, la CPAAAAE, presidida por el congresista Lenín Bazán, debatirá propuestas de disposiciones que modificarán esta ley, como la modificación del artículo 5.c, en el marco del seguimiento al Proyecto de Ley N° 4044, que hace suya la propuesta de modificación normativa de la asociación civil Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
Se puede revisar el proyecto original aquí: http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/2016_2021/Proyectos_de_Ley_y_de_Resoluciones_Legislativas/PL0404420190315..pdf
Al respecto, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), organización indígena nacional, ha emitido una opinión técnica apoyando la modificación de este artículo 5.c y solicita la creación de zonas de amortiguamiento, entre otros puntos. Refiere que esto es importante porque a la fecha no existen zonas de amortiguamiento de reservas indígenas, es decir áreas de protección que sean contiguas a los territorios donde viven y transitan los PIACI, que vayan acompañadas de medidas de protección que limiten posibilidades de contacto directo y accidentales
El predictamen en debate recoge los aportes de AIDESEP y DAR, y propone que todas las reservas indígenas sean intangibles, de tal manera que la limitación se encuentre en la propia Ley N° 28736 y no en un acto administrativo. Es decir que las empresas podrán saber de manera previa en qué áreas podrán realizar sus actividades económicas y, en base a esta limitación, podrán diseñar y desarrollar sus proyectos de inversión, sin el riesgo inminente de que se puedan generar posibilidades de contacto que pondrían en grave riesgo la vida de los PIACI, indicaron.