El Congreso aprobó la ley por insistencia. (Foto: Luis Gonzales | GEC)
El Congreso aprobó la ley por insistencia. (Foto: Luis Gonzales | GEC)

El Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que faculta al Ministerio de Salud (Minsa) el uso de las instalaciones de las clínicas privadas, cuando exista un riesgo elevado a la salud.

La ley fue aprobada con 110 votos a favor de los congresistas, cero en contra y cero abstenciones. Al ser una insistencia, no requiere de segunda votación.

Esta norma había sido observada por el presidente Martín Vizcarra el pasado 17 de junio.

Se trata de la ley que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público en salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y a la vida de las poblaciones. Esta modifica los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo 1156.

La observación del presidente Vizcarra citaba al Tribunal Constitucional, y arguyó que el Estado reconoce las libertades económicas y la economía social de mercado.

Anoche, las clínicas particulares y el Gobierno llegaron a un acuerdo que establece una tarifa plana de S/ 55,000 para brindar atención a los pacientes con COVID-19 referidos desde EsSalud o el SIS. Cubre la atención en UCI y hospitalización.

Este cierre a las negociaciones ocurrió horas después de que el presidente ofreciera un ultimátum a las clínicas, advirtiendo que invocaría el artículo 70 de la Constitución si no se llegaba a un acuerdo en 48 horas.

Este artículo de la Constitución faculta al Ejecutivo a expropiar un bien privado por motivos de seguridad nacional o necesidad pública.