El Congreso de la República, mediante la Ley Nº 31935, reconoce los derechos del concebido, que aún está en proceso de gestación y que no ha salido del vientre de la madre.
“El concebido es sujeto de derechos en todo cuanto le favorece, conforme al artículo 2 de la Constitución Política. Estos derechos se fundamentan en la dignidad humana”, señala la norma.
Los derechos reconocidos son los siguientes: A la vida, a salud, a la integridad moral, psíquica y física, a la identidad, al libre desarrollo y bienestar, y otros derechos que le favorezcan.
Proyecto de Ley
Cabe recordar, que la semana pasada el Pleno del Congreso aprobó por insistencia (73 votos a favor, 26 en contra y 6 abstenciones) el proyecto de ley que reconoce derechos al concebido.
La autógrafa fue observada en su momento por el Ejecutivo el 19 de mayo último, tras su aprobación en primera votación el 23 de marzo del presente año, y en segunda y definitiva votación en la sesión del 13 de abril.
Para efectos de lo dispuesto en la norma aprobada se entiende como concebido, “el ser que resulta de la unión de un óvulo y un espermatozoide, lo cual ocurre antes de la implantación en el útero”.