El gerente de Seguridad Ciudadana de Comas, Alberto Jordán, explicó de qué trata la ordenanza que prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas para todos los locales o establecimientos comerciales en la citada jurisdicción, desde las 11:00 p.m.
En diálogo con Canal N, el funcionario señaló que es una medida que se aplica debido a que consideran que el expendio de bebidas alcohólicas en ciertos espacios genera reportes de actos delincuenciales. Consideró que en el distrito de Comas no se necesita una declaratoria de emergencia por inseguridad ciudadana.
“La problemática delincuencial era en bares, fiestas chicha y en las discotecas. Una vez que hicimos ese análisis, y alrededor de esos lugares habían asaltos y asaltos [...] Ahora cinco burdeles más grandes del Cono Norte ya no existen en Comas. Las 89 cantinas ya no existen. Hemos clausurado 18 discotecas y hemos recuperado 14 espacios públicos. En las fiestas chica se reportaba robo de celulares o de dinero. Nosotros no necesitamos el estado de emergencia, tenemos herramientas”, acotó.
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Jordán informó que la Municipalidad de Comas cuenta con 460 serenos y 120 fiscalizadores que supervisarán que la prohibición de venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el distrito a partir de las 11:00 p.m. se cumpla.
“Si nosotros acudimos después de las once de la noche y están infringiendo la ley se le clausura. Es la única forma de que haya principio de autoridad”, agregó.
¿Otros rubros podrán pedir ampliación de horario para venta de bebidas alcohólicas?
El dispositivo legal, en su artículo 2, también detalla que los propietarios de establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento vigente emitida por la Municipalidad de Comas antes de la vigencia de la presente ordenanza, y que cuenten con un aforo de 50 o más personas podrán acceder a lo solicitado de ampliación de horario de funcionamiento, siempre y cuando, cumplan con los requisitos siguientes:
- Solicitud de ampliación de horario con carácter de declaración jurada.
- Instalar cámara de video vigilancia con su sistema de grabación.
- Almacenar la información captada por su sistema de video vigilancia por un plazo mínimo de 45 días calendario.
La ordenanza emitida por la comuna de Comas además precisa que los responsables de los establecimientos comerciales de venta o expendio y consumo de bebidas alcohólicas, incluyendo los que cuenten con una autorización de ampliación de horario de funcionamiento, deberán adecuarse en un plazo de 30 días calendario a lo establecido.
“De no dar cumplimiento a la presente disposición se procederá a la revocatoria o nulidad de oficio”, remarca.
Al respecto la coordinadora de Fiscalización de la Municipalidad de Comas explicó que la prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólica es una medida radical. Detalló que el jueves se iniciaron los operativos donde se clausuraron dos locales que no cumplían con la disposición.
“Aplica [la ampliación de horario de atención] para farmacias, policlínicos y boticas. Para la comercialización de bebidas alcohólicas no va haber ampliación de horario”, remarcó.
Sin embargo al ser consultada sobre qué otros rubros comerciales pueden ser sujetos a la ampliación de horario respondió: “Pueden ser restaurantes que funcionen hasta la una de la madrugada y tragamonedas, pero que no comercialicen licores. Eso está claro y es radical. En este caso no aplica las licorerías, estas cierran a las 11 p.m. y es bajo una norma de enero pasado”, añadió.
¿Cuál es la multa por infringir prohibición?
La Municipalidad de Comas indicó que la multa es el 100% de una UIT, que equivale a S/4,950. Además, se suman medidas complementarias como clausura temporal y si el propietario del negocio incurre en desacato se procede con la revocatoria de la licencia de funcionamiento y el cierre definitivo.