La norma también autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 53.4 millones, a favor de 52 universidades públicas. (Foto: Agencia Andina)
La norma también autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 53.4 millones, a favor de 52 universidades públicas. (Foto: Agencia Andina)

El Gobierno aprobó el nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios y de las ; y establece los criterios y condiciones para su otorgamiento.

Asimismo, autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, destinada a favorecer a las casas de estudios superiores del Estado, con el objetivo de mejorar los recursos financieros de dichas instituciones.

La medida fue oficializada a través del que se publicó anoche en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

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¿Cuánto recibirán los docentes?

De acuerdo a la normativa aprobada, el docente ordinario de las universidades públicas, en el marco de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, percibirá la siguiente remuneración:

  • Principal: el monto mensual será de S/ 8,469, tanto bajo el régimen de dedicación exclusiva o de tiempo completo.
  • Asociado: el monto mensual será de S/ 5,495, tanto bajo el régimen de dedicación exclusiva o de tiempo completo.
  • Auxiliar: el monto mensual será de S/ 4,958, tanto bajo el régimen de dedicación exclusiva o de tiempo completo.

También se establece que el docente contratado de las universidades públicas, en el marco de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, percibirá la siguiente remuneración:

Docente Contratado Tipo A

  • DC A1 (16 horas lectivas y 16 horas no lectivas): S/ 6,403 mensuales
  • DC A2 (8 horas lectivas y 8 horas no lectivas): S/ 3,201 mensuales
  • DC A3 (4 horas lectivas y 4 horas no lectivas): S/ 1,601 mensuales

Docente Contratado Tipo B

  • DC B1 (16 horas lectivas y 16 horas no lectivas): S/ 2,823 mensuales
  • DC B2 (8 horas lectivas y 8 horas no lectivas): S/ 1,411 mensuales
  • DC B3 (4 horas lectivas y 4 horas no lectivas): S/ 705 mensuales

¿Desde cuándo entrará en vigencia?

El ha dispuesto un incremento en las remuneraciones de los profesores de las universidades públicas, que entrará en vigencia a partir de julio de 2024. Esta decisión afectará tanto a los docentes ordinarios como a los docentes contratados, y se enmarca en la Ley Universitaria, Ley N.º 30220.

Nuevo presupuesto para las universidades públicas

La norma también autoriza una transferencia de partidas en el , hasta por la suma de S/ 53.4 millones, a favor de 52 universidades públicas, para financiar el costo diferencial del incremento de la remuneración de los docentes ordinarios y docentes contratados de las universidades públicas, a que se hace referencia en el presente Decreto Supremo, para el período de julio a diciembre del presente año, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación

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