Laboratorio del Inacal. (Foto: Midagri)
Laboratorio del Inacal. (Foto: Midagri)

El Instituto Nacional de Calidad () aprobó hoy diversas normas técnicas sobre productos , maca, conservas, bebidas alcohólicas vitivinícolas y electrodomésticos.

Mediante , publicada hoy en el diario El Peruano, se emitió las siguientes normas técnicas peruanas en su versión 2024:

  • NTP 204.018:2015 (revisada el 2024) Conservas de productos de la pesca en envases herméticamente cerrados. Conserva de caballa, 2ª Edición, que reemplaza a la NTP 204.018:2015.
  • NTP 105.001:2016 (revisada el 2024) Leche y productos lácteos. Leche cruda de cabra, Requisitos 1ª Edición, que reemplaza a la NTP 105.001:2016.
  • NTP 212.024:2011 (revisada el 2024) Bebidas alcohólicas vitivinícolas. Vermouth, Requisitos.2ª Edición, que reemplaza a la NTP 212.024:2011 (revisada el 2016).
  • NTP 212.048:2013 (revisada el 2024) Bebidas alcohólicas vitivinícolas. Método de ensayo, determinación del cobre y plomo en vinos y aguardientes, 1ª Edición, que reemplaza a la NTP 212.048:2013 (revisada el 2018).
  • NTP 011.180:2011 (revisada el 2024) Maca seca. Requisitos 2ª Edición que reemplaza a la NTP 011.180:2011.
  • NTP 011.181:2014 (revisada el 2024) Maca. Harina tostada de maca, Requisitos 2ª Edición, que reemplaza a la NTP 011.181:2014 (revisada el 2019).
  • NTP 011.182:2014 (revisada el 2024) Maca. Harina gelatinizada de maca, Requisitos 2ª Edición, que reemplaza a la NTP 011.182:2014 (revisada el 2019).
  • NTP-IEC 60704-2-14:2018 (revisada el 2024) Aparatos electrodomésticos y análogos. Código de ensayo para la determinación del ruido acústico aéreo, Parte 2-14: Requisitos particulares para refrigeradores, gabinetes de almacenamiento de alimentos congelados y congeladores de alimentos, 1ª Edición, que reemplaza a la NTP-IEC 60704-2-14:2018.

En los considerandos de la norma se recuerda que es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional.

Se establece que las normas técnicas peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco años, en concordancia con el artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-Produce.

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