Perú no lo ha incorporado a su legislación, pero sus efectos ya operan. Empresas que generan renta en el país pueden terminar tributando esa renta —o parte de ella— en otra jurisdicción.
Perú no lo ha incorporado a su legislación, pero sus efectos ya operan. Empresas que generan renta en el país pueden terminar tributando esa renta —o parte de ella— en otra jurisdicción.

Por María Julia Sáenz, socia líder de Tax & Legal de KPMG en Perú y co-chair de WCD en Perú. ​En el Perú seguimos hablando de reforma tributaria como si fuera una decisión pendiente. Como si dependiera de una mesa técnica, de un proyecto de ley o de una voluntad política que puede postergarse indefinidamente. Pero esa premisa ya no se sostiene.

Lo que enfrentamos hoy no es la discusión sobre una reforma. Es la ausencia de una. No porque el sistema no esté cambiando, sino porque está cambiando sin identidad: sin una decisión explícita, sin una narrativa que le dé sentido y sin una dirección que organice ese proceso. Estamos, en la práctica, frente a una reforma tributaria sin partida de nacimiento ni DNI.

Sus fuentes son claras, pero no están alineadas. Vienen, por un lado, del entorno global: estándares como el impuesto mínimo global, que empiezan a redefinir los incentivos fiscales incluso en países que no los han adoptado formalmente. Vienen, por otro, del plano interno: del endurecimiento de la fiscalización y de una justicia tributaria cada vez más exigente, que ya no admite solo el cumplimiento formal, sino que exige sustancia, trazabilidad y coherencia económica. Y vienen también de algo más silencioso, pero igualmente determinante: una acumulación constante de cambios normativos, criterios administrativos y nuevas exigencias de cumplimiento que, en conjunto, terminan reconfigurando el sistema sin haber sido diseñados para hacerlo.

El caso del impuesto mínimo global ilustra bien esa desconexión. El Perú no lo ha incorporado a su legislación, pero sus efectos ya operan. Empresas que generan renta en el país pueden terminar tributando esa renta —o parte de ella— en otra jurisdicción. No porque el país lo haya decidido, sino porque no decidió a tiempo.

A partir de ahí, el problema deja de ser técnico.

Cuando los incentivos dejan de ser efectivos sin haber sido revisados, . La referencia para el cumplimiento tributario deja de ser la norma vigente y pasa a ser reemplazada por cómo se la interpreta en la práctica: ese es el verdadero quiebre.

Una reforma sin conducción no ordena el sistema: lo tensiona. No corrige distorsiones: las traslada. Y obliga a tomar decisiones en un entorno donde las reglas existen, pero no terminan de estabilizarse.

El resultado es un sistema que funciona, pero no necesariamente en la dirección que el país necesita. Y ese tipo de reforma es, inevitablemente, más costosa.

Más costosa en dinero, porque erosiona bases, distorsiona incentivos y encarece la operación. Pero también más costosa en efectividad, porque un sistema que no se diseña pierde capacidad de orientar conductas.

Hoy el Perú ya no está frente a la decisión de reformar su sistema tributario. En la práctica, ya lo está haciendo. La verdadera pregunta es si va a asumir esa reforma como política pública, o si va a seguir operando dentro de un proceso implícito, fragmentado y sin conducción.

Porque una reforma puede empezar sin anuncio. Lo que no puede hacer es funcionar sin dirección.

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