
Escribe: Luis Hernández Parra-Morzán, asociado del Estudio Muñiz
La planificación de nuestro futuro es ciertamente una habilidad cognitiva que conduce, en la mayoría de los casos, a comportamientos y resultados que uno busca conseguir, tanto en la vida personal como profesional. Elaboramos – ya sea de manera consciente o inconsciente – estructuras y anticipamos posibles problemas para conseguir un fin determinado a corto, mediano y largo plazo. Prever para actuar mejor.
¿Nos hemos detenido a pensar qué pasaría si no estuviéramos el día de mañana o si sucede un acontecimiento inesperado que nos limite nuestra capacidad de ejercicio de nuestros derechos?
Respecto del primer escenario – la muerte –, aplicarían las reglas establecidas en el Código Civil. En teoría, todo queda resuelto: los herederos reciben la masa hereditaria en copropiedad, sin embargo, en la práctica, esa “solución automática” suele ser fuente de conflictos.
Pensemos en casos simples: varias propiedades que terminan en copropiedad entre hermanos, con diferentes visiones sobre su uso o venta. Uno quiere vender, otro no o no se ponen de acuerdo con el precio de venta. Lo propio ocurre con las acciones de una empresa familiar: decisiones trabadas, intereses cruzados u otras fuentes de desacuerdos que resulten en una afectación a la compañía. Queda claro que estos ejemplos son explicativos mas no limitativos sobre el universo de situaciones que podría desencadenar este primer escenario.
Anticipar criterios de distribución, establecer valorizaciones, definir cómo continuar la administración del patrimonio a través de los mecanismos legales adecuados, no solo ayudará a estructurar de manera eficiente la masa hereditaria: es un acto de responsabilidad con quienes vienen después.
En cuanto al segundo escenario – la incapacidad – también merece una especial atención por todos nosotros y sin excepción. Nadie está libre de un giro inesperado en su vida: un accidente, una enfermedad o, en general, una condición que limite la capacidad de ejercer nuestros derechos. En respuesta a este escenario, existen ciertos mecanismos legales como los apoyos y salvaguardias, que permiten designar a personas de confianza para actuar en representación nuestra, con criterios previamente definidos, justamente con la finalidad de salvaguardar nuestros intereses en caso ocurra este hecho indeseado.
Esta capacidad de anticipación no solo ordena ideas y recursos, sino que también reduce la improvisación en momentos críticos. Planificar implica tomar decisiones en calma hoy para evitar decisiones forzadas mañana, cuando el margen de acción suele ser menor.
Planificar nuestro futuro sucesorio y prever supuestos de incapacidad no es un tema netamente legal, sino humano. Así como dedicamos tiempo a estructurar empresas, inversiones o estrategias financieras, deberíamos darle igual – o incluso mayor – prioridad a cómo queremos que todo eso continúe cuando ya no estemos en condiciones de decidir o ya no estemos presentes en este mundo. La verdadera planificación no es solo para cuando estamos, también es para cuando no podamos estar.







