
La inteligencia inspectiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) tiene como objetivo principal orientar, planificar y focalizar las acciones de inspección laboral, priorizando sectores y empresas con mayor conflictividad o riesgo, a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo. Hace pocos años, la Sunafil modificó su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) para mejorar la inteligencia inspectiva, mediante la creación de equipos especializados y nuevas subdirecciones en Lima y regiones.
Lamentablemente, la realidad impide el despegue de la inteligencia inspectiva, pues la Sunafil aún no cuenta con cobertura suficiente a nivel nacional; el número de inspectores sigue siendo reducido frente a la magnitud del mercado laboral peruano (menos de 1,000); los procedimientos suelen ser lentos; y algunos inspectores se encuentran poco preparados.
Por ello, no se cuenta con un sistema sólido de inteligencia inspectiva que permita a la institución planificar con antelación cuáles serán los sectores por fiscalizar y qué recursos se requerirán para obtener buenos resultados. La mayoría de las inspecciones se siguen originando en denuncias.
Recordemos que en esta columna comentamos aquellos problemas públicos identificados por la Sunafil en enero de este año (Resolución de Superintendencia N.° 026-2026-SUNAFIL), los cuales ameritarían un análisis por parte de dicha institución para definir cómo solucionarlos, habiéndose planteado como fecha tentativa para ello el mes de noviembre del 2027. El primer problema se refería al incumplimiento de los empleadores del deber de colaborar con la inspección del trabajo, pues se habían identificado más de 70 mil actas de infracción relacionadas con el incumplimiento a la labor inspectiva. El segundo problema consistía en el alto índice de incumplimiento en materia de remuneraciones, identificado en casi 50,000 órdenes de inspección durante el bienio 2022–2024. Nos pareció acertado que la Sunafil diera a conocer dichas situaciones; sin embargo, luego de casi seis meses, no vemos avance alguno.
Si prestamos atención a lo que han sostenido los candidatos presidenciales aún en carrera sobre la Sunafil, advertimos que la candidata Keiko Fujimori plantea reformar la institución para reducir la presión sobre el sector empresarial formal, mientras que el candidato Roberto Sánchez propone fortalecer su capacidad de fiscalización para proteger los derechos laborales. Ambas propuestas se complementan, pues es una realidad que las inspecciones solo se ejecutan en el sector formal y no existen acciones que comprendan a los empleadores informales; por ello, en vez de contribuir a la formalización, se termina generando un efecto inverso. No dudamos de que la inspección laboral debe fortalecerse para proteger los derechos laborales, diría de todos, no solo de los trabajadores formales.
Ante la ausencia de recursos, las acciones de inteligencia inspectiva son escasas. Lo que vemos en los últimos meses es el envío masivo, sin análisis previo, de las denominadas “cartas inductivas” y “cartas disuasivas”, con la finalidad de que los sujetos inspeccionados –me refiero a los empleadores– se autorregulen; es decir, adviertan que habrían incumplido alguna obligación laboral y procedan a subsanarla. Las referidas cartas abordan diversos temas, como el cumplimiento de la cuota de contratación de personal con discapacidad, el registro del contrato de seguro de vida ley ante la plataforma web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la contratación de dicho seguro a favor del personal, entre otros. Recientemente, y siguiendo esa metodología reactiva, las cartas disuasivas han requerido información sobre el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios y el reparto de la participación legal en las utilidades correspondiente al ejercicio 2025. El contenido de estas cartas disuasivas confirma no solo que la Sunafil actúa de manera reactiva, sino también que no existe un filtro previo a su envío, pues se ha pedido información sobre la participación en las utilidades a empleadores que no están obligados a repartir dicho beneficio laboral.
Como lo hemos sostenido anteriormente, no existe sanción por no responder las referidas cartas; sin embargo, es mejor hacerlo y acreditar el cumplimiento. Si el plazo concedido no lo permite, al menos conviene ir subsanando cualquier omisión de cara a una futura inspección laboral.
El envío masivo de cartas inductivas o disuasivas por parte de la Sunafil no supone el ejercicio de una verdadera inteligencia inspectiva. Es cierto que para ello se requiere una mayor dotación de recursos, echando mano por ejemplo de la inteligencia artificial; pero, hasta que ello ocurra, y con lo poco que se tiene, creemos que el enfoque debe cambiar y apuntar principalmente hacia el sector informal. No perdamos de vista que el Perú tiene una tasa de informalidad laboral altísima, superior al 70% de la Población Económicamente Activa (PEA), sector en el que la Sunafil no se enfoca. En tanto ello ocurra seguramente continuará el envío de las cartas inductivas o disuasivas o de las inspecciones a las mismas empresas (formales) por lo que hay que estar preparados para ello mediante la elaboración de protocolos de atención al inspector, así como la ejecución de auditorías laborales preventivas.
César Puntriano es socio principal del Estudio Muñiz.
Las opiniones vertidas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor.







