"Según Arista, el monto de la deuda pretendida por la Sunat e impugnada por los contribuyentes ante el TF suma S/ 20,000 millones y el objetivo es reducirla en 50% a diciembre, y el saldo restante, en el transcurso del 2025".
"Según Arista, el monto de la deuda pretendida por la Sunat e impugnada por los contribuyentes ante el TF suma S/ 20,000 millones y el objetivo es reducirla en 50% a diciembre, y el saldo restante, en el transcurso del 2025".

El 30 de agosto, el publicó el Decreto Legislativo 1634, que aprueba el especial de de impuestos administrados por la Sunat, anunciado un par de días antes por el titular del MEF, José Arista (Gestión 29/08/2024). Según explicó, la norma –promulgada en virtud de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso– busca abordar la “acumulación significativa” de expedientes en el , al que acuden los contribuyentes cuando están en desacuerdo con las resoluciones emitidas por la primera instancia (la propia ).

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Según Arista, el monto de la deuda pretendida por la Sunat e impugnada por los contribuyentes ante el TF suma S/ 20,000 millones y el objetivo es reducirla en 50% a diciembre, y el saldo restante, en el transcurso del 2025. El funcionario calificó de “poco eficiente” el modo en que se administra esa deuda. Es que el TF tarda nueve años en resolver cada expediente, aproximadamente. Hay que agregar la viveza criolla de contribuyentes que, a fin de prolongar el pago de sus pasivos tributarios, acuden al TF para sacar provecho de tanta demora.

El ministro señaló que también se busca que los procesos en el TF se acorten de nueve años a solamente nueve meses. Es un anuncio tan ambicioso que hacerlo realidad requerirá de un milagro de Santa Rosa de Lima o de una completa reestructuración del TF –incluyendo el reclutamiento de un contingente de abogados y contadores especialistas en tributación, y sueldos atractivos–.

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Y dado que los casos provienen de la Sunat, será necesario que su propia reestructuración, que ya está en marcha, incluya medidas para evitar que se eternice la resolución de desacuerdos en torno a deudas tributarias. Hay otro escollo más: la última instancia para resolver estos casos es el Poder Judicial, que también se toma su tiempo, a veces hasta diez años. Pero hablar de una reforma integral de este poder del Estado es entrar en el terreno de lo utópico.

Volviendo al fraccionamiento, consideramos oportuno que se otorgue un respiro a contribuyentes que continúan afectados por la recesión del 2023, algunos incluso por el impacto de la pandemia, pero también se debe pensar en recompensar a quienes sí cumplen con sus obligaciones tributarias, a pesar de que también padecen dificultades económicas. No es la primera vez que se crea un fraccionamiento especial de deudas con la Sunat –además, hay uno regulado por el Código Tributario–, así que hay que tener cuidado con abusar de la medida, como se ha hecho costumbre en los municipios.

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