"Muy poco se ha dicho respecto a la procedibilidad de una demanda planteada por el empleador. El poco desarrollo de esta medida no significa que su ejecución resulte inviable". (Foto: Getty)
"Muy poco se ha dicho respecto a la procedibilidad de una demanda planteada por el empleador. El poco desarrollo de esta medida no significa que su ejecución resulte inviable". (Foto: Getty)

La respuesta es afirmativa. Imaginemos el caso en el que un trabajador es despedido por falta grave por haberse apropiado indebidamente de dinero del empleador, o si el trabajador no fue despedido porque renunció y luego de haber cesado se detectó la apropiación del dinero, o si el trabajador estuvo contratado a plazo fijo cesó por vencimiento del plazo pactado en su contrato y luego de un determinado tiempo se advierte la falta. En todos los casos mencionados, el empleador podrá iniciar una demanda de cobro de indemnización por los daños y perjuicios derivados de la conducta del trabajador, debiendo demostrar la acción dañosa por parte de aquel y el perjuicio derivado de aquella.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados.Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidosque publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar,los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, puedensuscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.