Presidente del Comité Tributario de la Cámara de Comercio
Como hemos visto en recientes declaraciones públicas, el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, da por sentada la arbitrariedad y el incumplimiento del debido proceso, cuando señala que las empresas saben a lo que se atienen o conocen las reglas de juego cuando efectúan una reclamación ante la SUNAT. Para el ministro, la única manera de acceder a justicia es pagar primero y atenerse a los años que se tomen los tribunales administrativos y judiciales para resolver sus reclamaciones, lo cual resulta a todas luces arbitrario.
Con esta expresión y el desconocimiento de la institucionalidad de los precedentes del Tribunal Constitucional, el ministro reconoce que no existe predictibilidad en la administración de justicia en el Perú, lo cual es una condición esencial para cualquier inversionista.
Precisamente, uno de los puntos más bajos en las evaluaciones del clima de inversión y riesgo país del Perú es la falta de predictibilidad de la justicia. En la última evaluación del Doing Business del Banco Mundial de 2020, el Perú se ubicó en el puesto 76 de 190 países, cuando en 2015 se ubicaba en el 145/189. En particular, dentro de este indicador, en el ítem de cumplimiento de contratos nos ubicamos en el puesto 83/190, una de las puntuaciones más bajas tanto por el tiempo como el costo que demanda la administración de justicia en el país.
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De igual modo, en el ranking del Foro Económico Mundial, el WEF, el Perú se ubica en el puesto 65/141, pero en el ítem de institucionalidad nuestra posición es 95/141, por la falta de independencia de nuestro sistema de justicia (122/141); mientras que en el criterio de performance del sector público fuimos calificados en el lugar 98/141, por la falta de eficiencia del marco legal para resolver disputas (134/141).
Por tanto, si las evaluaciones de competitividad y clima de negocios nos indican que nuestro problema está en la institucionalidad de la administración de justicia, es contradictorio que un ministro de Economía hable de atraer inversiones en foros nacionales e internacionales; y de otro lado, esté dando por sentado que en el Perú los inversionistas no van a obtener justicia tributaria.
También resulta negativo que el MEF siga avalando la falsa expectativa de recaudación de S/ 12,000 millones que se ha encargado de esparcir la SUNAT, indisponiendo a las empresas con la opinión pública, cuando estas son los principales aportantes al Fisco, en un país donde más del 60% de las actividades económicas son informales. Inclusive, se menciona una “condonación”, cuando bajo ningún marco esos montos son exigibles hasta que los tribunales definan lo contrario.
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El MEF desconoce abiertamente los fallos previos del Tribunal Constitucional, correspondientes a reclamaciones de personas naturales, medianas empresas y grandes contribuyentes, sobre los cuales los magistrados establecieron este precedente. Se tratan de más de 10 casos en los que el Tribunal Constitucional dio la razón a los contribuyentes y no a uno solo como indica el MEF.
En este caso, el Tribunal no está legislando como erróneamente la defensa de la SUNAT, lo que está haciendo es dar predictibilidad, al establecer un criterio de valoración de los casos sobre intereses moratorios cobrados fuera de ley, es decir, está siendo coherente con sus anteriores decisiones.
Como gremio que representa a empresarios de todos los tamaños, esperemos que la SUNAT y al MEF desistan de su posición -que abiertamente tiene un carácter recaudatorio, antes que de legalidad- que reconozca la institucionalidad del Tribunal Constitucional, en congruencia de los derechos fundamentales y el cumplimiento irrestricto de la Constitución, que tutela la protección de la propiedad privada y el debido proceso.
La Administración Tributaria debe aceptar el precedente del Tribunal Constitucional y tomar las medidas necesarias para que los procesos de reclamaciones tributarias cumplan los plazos establecidos y no representen sobrecostos ni una barrera de acceso a la justicia para todo tipo de contribuyente.
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