"Bajo el artículo 70 de la Constitución, las leyes de beneficios tributarios requieren un informe previo del MEF y la aprobación de más de la mitad del Poder Legislativo". Foto: Congreso
"Bajo el artículo 70 de la Constitución, las leyes de beneficios tributarios requieren un informe previo del MEF y la aprobación de más de la mitad del Poder Legislativo". Foto: Congreso

Escribe: Carla Puente, socia de Impuestos de EY Perú

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.