Diez meses después de masivas protestas que estremecieron a Cuba, el Parlamento aprobó por “unanimidad” un nuevo Código Penal, contundente disuasivo a la repetición de esos hechos y garantía para el actual régimen comunista.
La nueva ley “tipifica como delitos los hechos más graves y lesivos para la sociedad y protege los intereses del Estado y del pueblo”, dijo el presidente del Tribunal Supremo, Rubén Remigio Ferro, al presentarlo al plenario.
Los días 11 y 12 de julio de 2021 miles de personas protagonizaron en 50 ciudades las mayores protestas contra el gobierno del Partido Comunista en 60 años, que dejaron un muerto, decenas de heridos y centenares de detenidos.
Según Ferro, esa ley también protege los intereses “individuales de las personas como garantía de la estabilidad de la nación, la seguridad jurídica y la tranquilidad ciudadana”.
”No hay lugar para alternativas”
El nuevo Código sustituye al de 1997 y complementa a la Constitución de 2019, junto a la Ley de Amparo de derechos constitucionales y el Código de Ejecución Penal, que serán sometidos a votación en esta sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional, iniciada el viernes y que se extenderá hasta el lunes.
Entre sus aspectos novedosos están “su aplicación a infracciones y actos ilícitos que afectan el espectro radio eléctrico, el medio ambiente y el patrimonio natural”, según Ferro.
“Se penalizan las violaciones más graves relacionadas con el uso abusivo de los derechos constitucionales, la participación en actividades subversivas y las agresiones a las tecnologías de la información y las comunicaciones”, añadió.
Para el jurista cubano Harold Bertod, radicado en España, “el Código Penal amplía el catálogo de conductas delictivas relacionadas con el orden constitucional para confirmar una realidad del sistema político: no hay lugar para alternativas en el ámbito político, y el derecho de manifestación”.
El derecho de manifestación “solo será permitido si es en un sentido de ‘confirmación’ de las políticas del Estado y nunca de forma ‘contradictoria’”, dijo a la AFP.
“Es una ley que recoge, actualiza, todos los conceptos internacionales, adecuándolos a las condiciones de Cuba”, dijo por su lado el diputado Jorge González, el médico que en 1997 dirigió la localización y reconocimiento en Bolivia de los restos del revolucionario argentino-cubano Ernesto Che Guevara y sus compañeros de guerrilla.
Pena de muerte
La nueva ley mantiene la pena de muerte “con carácter excepcional”, en 23 delitos, y la suprime en cuatro respecto al código anterior. Se podrá pronunciar básicamente “en delitos contra la seguridad del Estado, terrorismo, tráfico internacional de drogas y asesinato”, dijo el fiscal.
En Cuba, donde se aplicó con mucha regularidad el “paredón” en los años 60 del pasado siglo, se cumple una especie de moratoria desde 2000, solo rota en 2003, por la ejecución de tres secuestradores armados de un bote de pasajeros.
“No estamos de acuerdo con la pena de muerte. No estamos convencidos desde nuestra fe”, dijo la diputada María Yi Reyna, una ministra evangélica, en uno de los raros criterios discordantes en el Parlamento.
Responsabilidad penal a los 16 años
El nuevo Código mantiene la exigencia de responsabilidad penal a partir de los 16 años de edad y contempla “múltiples previsiones para el tratamiento diferenciado a los comprendidos entre los 16 y 18″, con lo cual “se cumple estrictamente la convención de los derechos del niño”, dijo el fiscal.
Varios de los sancionados con penas de cárcel por las manifestaciones de julio pasado tienen entre 16 y 20 años.
Cuatro de ellos, menores de 20, fueron excarcelados esta semana y cumplirán su sentencia en sus casas, informaron el sábado fuentes opositoras.
En el texto se introducen como nuevas sanciones la reclusión domiciliaria y el servicio en beneficio de la comunidad y se suprimen las medidas de seguridad predelictiva, rechazadas por muchos sectores de la sociedad.