Riesgo. Con el fallo, este se transfiere al comprador del inmueble. (Foto: GEC)
Riesgo. Con el fallo, este se transfiere al comprador del inmueble. (Foto: GEC)

Luego de cinco años en proceso la Corte Suprema emitió el VIII Pleno Casatorio, un precedente vinculante, el cual zanja de manera definitiva que toda compraventa de bienes gananciales sin la intervención de los dos cónyuges es nula.