(Foto: GEC)
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Las personas naturales y jurídicas y comunidades nativas que cuenten con contratos de concesión, permisos de primera transformación y de aprovechamiento forestal de los bosques locales, así como todos los que participan en la cadena productiva de la madera, deberán registrar en los libros de operaciones la información de la madera que aprovechan.

Así lo señala el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), en dos resoluciones.

El uso del “Libro de operaciones de los títulos habilitantes para el aprovechamiento forestal sostenible” será exigible desde el 02 de marzo y el “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables” a partir del 01 de agosto.

Los libros de operaciones son documentos físicos y digitales, similares a los libros contables, en los que se registra información real sobre los volúmenes aprovechados y transformados de madera en rollo o aserrada, facilitando la trazabilidad de las especies, productos y subproductos maderables desde su origen en el bosque hasta su transformación y llegada al mercado.

Además de la utilidad que estos documentos tienen para el control de los recursos forestales por parte del estado, los libros de operaciones representan un medio para que los usuarios mejoren la gestión de sus operaciones, pues conocerán el volumen de madera que tienen en las distintas etapas del proceso, sus rendimientos, etc.