El Ejecutivo autorizó hoy la transferencia de más de S/19.7 millones a diversos gobiernos regionales para el pago del costo diferencial que implica el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo para los profesores del sector educación que temporalmente asuman cargos de responsabilidad.
Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 215-2024-EF, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales, que autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2024, hasta por la suma antes mencionada a favor de diversos gobiernos regionales.
LEA TAMBIÉN: Tecnología ante su mayor desafío: que la participación femenina se duplique
Pago por jornada adicional
Estos recursos estarán orientados para el financiamiento del costo diferencial que implica el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad.
Esos cargos están previstos en las Áreas de Desempeño Laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente a los meses de enero a diciembre del año fiscal 2024.
Todo ello, en el marco de lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación.
LEA TAMBIÉN: De San Marcos a Apple: camino y claves del peruano en Silicon Valley
Costo diferencial
El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizadas en la presente norma, se encuentran en el Anexo “Transferencia de partidas para financiar el costo diferencial que implica el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo.
Ello está destinado para los profesores que temporalmente asuman cargos de mayor responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en la Ley de Reforma Magisterial, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
La norma también establece que los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.
LEA TAMBIÉN: ¿Se puede tomar cursos a distancia en programas de salud? Esto dice Indecopi
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.