El Ministerio de la Producción (Produce) estableció excepcionalmente la ampliación de la temporada de pesca del camarón de río.
La medida fue oficializada hoy, martes 19 de diciembre, a través de Resolución Ministerial 00430-2023-PRODUCE, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
¿Dónde podrá realizarse la pesca de camarón de río y hasta cuándo?
El Produce señaló que la pesca del camarón del río se da en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes hasta el 2 de enero del 2024.
LEA TAMBIÉN: Autorizan pesca exploratoria de anchoveta con embarcaciones de cerco de mayor escala
LEA TAMBIÉN: Produce fija límite de pesca de anchoveta, ¿cuántas toneladas?
La norma también refiere que quedará prohibida la extracción, procesamiento, almacenamiento, comercialización, transporte y utilización del camarón del río a partir de las 12:00 a.m. del día 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2024.
Asimismo, a partir del 1 de abril de 2024 hasta el 19 de diciembre del referido año, se volverá a establecer la temporada de pesca de las especies nativas del recurso camarón de río Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp, por lo que quedará prohibida su extracción entre el 20 de diciembre y el 31 de marzo del año siguiente.