El Ministerio Público, a través del despacho del fiscal provincial José Domingo Pérez, ha solicitado al Poder Judicial suspender por un año el cobro de peajes de la concesionaria de Vía Evitamiento y Línea Amarilla, proyecto administrado por Lima Expresa SAC. Por consiguiente, ¿cuáles serían los posibles escenarios, en caso de ser aprobada esta solicitud?
En principio, hay que especificar que no se trata de una sentencia de fondo, puesto que forma parte de las medidas preventivas que toma la Fiscalía, amparadas por el Código Penal.
“Lo que se está haciendo es seguir el procedimiento establecido en el artículo 313 del Código Procesal Penal, que establece medidas preventivas contra las personas jurídicas. En este caso, el juez está haciendo uso del apartado que señala el nombramiento de un administrador judicial en caso no se dé una decisión de fondo. Y para ello, el fiscal tiene que señalar los suficientes elementos probatorios de un delito y la vinculación de una persona jurídica con ellos. El juez finalmente tendrá que decidir”, dijo a Gestión el abogado penalista Andy Carrión.
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Posibles escenarios
Bajo el criterio expuesto líneas arriba, Andy Carrión explica que la empresa concesionaria -en principio- deberá seguir el trámite judicial. Es decir que, si el juez le otorga a la Fiscalía el pedido señalado, pues tendrá que apelar a una segunda instancia y luego de la apelación, en caso confirmen la decisión y no le sigan dando la razón a la empresa, podría entablar un recurso de casación. Este último debería ser evaluado en la Corte Suprema.
“Lo que ha hecho la empresa es también previamente entablar arbitrajes internacionales. También lo hizo la municipalidad. El problema es que estos arbitrajes internacionales colisionarían con la decisión judicial tomada en Perú y ante ello tendría que preferirse la decisión judicial que se aborde”, complementó.
En ese orden de ideas, Óscar Urviola, expresidente del Tribunal Constitucional y en su momento contratado como experto por Rutas de Lima para elaborar un informe sobre el habeas corpus ante el alza de tarifa de peajes, consideró que el peor escenario posible -en caso de ser aceptado este pedido de suspensión- es ahuyentar la inversión extranjera, lo cual sería lesivo para la economía del país.
“Ninguna acción del Estado, incluso ninguna ley, puede suspender el convenio de un contrato de estabilidad jurídica. Hacerlo, como ha ocurrido en el caso de Rutas de Lima, daña la imagen del Perú y no da la seguridad a los inversionistas extranjeros, que ha sido el propósito del constituyente vigente hasta hoy. Es un mensaje negativo para los inversionistas”, dijo en entrevista con Gestión.
Además, sostuvo que los incumplimientos por parte del Estado, contraviniendo disposiciones constitucionales, nos exponen a un riesgo de ser emplazados ante arbitrajes internacionales con consecuencias negativas para el país.
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Arbitrajes
En caso el magistrado Jorge Luis Chávez Tamariz, del 7° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional del Poder Judicial, aceptara el pedido formulado por el Ministerio Público, y la empresa Línea Amarilla hubiese agotado todas las vías judiciales correspondientes, la decisión del juez estaría desconociendo lo pactado en el contrato de concesión vial, “lo cual afecta la seguridad jurídica y el respeto de la libertad contractual reconocidas por la Constitución”, señala a Gestión el abogado Guido Villafuerte León, socio fundador del Estudio Jurídico Villafuerte-Llinás Abogados.
“Por tal sentido, el cuestionamiento de la ejecución del contrato de concesión debe discutirse en la vía arbitral conforme lo establece el numeral 18.12. del Capítulo XVIII – Solución de Controversias del mismo contrato del 12 de noviembre de 2009 y sus adendas modificatorias y ampliatorias”, agregó.
Línea Amarilla podría optar y decidir demandar una indemnización por daños y perjuicios ante el tribunal arbitral y reglas establecidas en el contrato de concesión vial en caso se ordene la ejecución inmediata de la decisión judicial que emitan en su contra.
“Como consecuencia de ir a un tribunal arbitral internacional y perder, las entidades públicas demandadas tendrían que asumir y pagar la pretensión indemnizatoria, que será determinada en una cuantía a través del Laudo Arbitral expedida por el Tribunal Arbitral instalado para el caso, así como las pretensiones que adicionalmente se demanden como las costas y costos (gastos del proceso), en caso de incumplimiento del Laudo se podrá ejecutar forzosamente ante el Poder Judicial, siendo una cuantía dineraria que necesariamente será pagada del erario nacional del Perú”, sostuvo Villafuerte.
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Respuesta de Lima Expresa
Lima Expresa emitió un comunicado reiterando que opera bajo un contrato “vigente y legítimo” con la Municipalidad de Lima, cumpliendo con las leyes peruanas. En ese sentido, la concesionaria subrayó que la solicitud de la Fiscalía no constituye una sentencia, sino un pedido de medida preventiva.
En ese orden de ideas, Lima Expresa enfatizó que continuará operando conforme a los términos de su contrato, mientras el caso se desarrolla en instancias judiciales.
Además, señaló que responderá a la solicitud del Ministerio Público a través de canales formales y exhortó a las autoridades judiciales a respetar las garantías constitucionales en el manejo del caso; argumentando que la seguridad jurídica es esencial para el desarrollo de la inversión privada en el país.
Escribo sobre política, economía y afines. Periodista con nueve años de experiencia en prensa escrita, radio y televisión.
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