La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración tributaria (Sunat) realizó un operativo de cobranza coactiva dirigido al rubro de hoteles y hospedajes, en diversos distritos de Lima que, en conjunto, mantienen una deuda exigible superior a un millón de soles.
Más de 70 colaboradores, entre ejecutores, auxiliares coactivos, interventores y personal de apoyo, realizaron, de manera simultánea, intervenciones a 25 hoteles y hospedajes ubicados en diversos distritos como San Isidro, Magdalena, Miraflores, Pueblo Libre, Comas, Independencia, Surco, Callao, Los Olivos, Lurigancho y El Agustino.
LEA TAMBIÉN: Sujetos sin capacidad operativa, otra carta discrecional para la Sunat, ¿cómo afecta a las empresas?
Durante el operativo se realizaron embargos en forma de intervención en recaudación a los establecimientos registrados por 21 contribuyentes, que declaran ventas, pero no están pagando la deuda en cobranza coactiva.
A través del embargo en forma de intervención en recaudación se toma el control de los ingresos del contribuyente en el lugar en el cual éstos se perciben, con la finalidad de hacer efectiva la cobranza de la deuda y conforme con lo regulado en el Reglamento de Cobranza Coactiva, tras brindarles una serie de facilidades para regularizar su situación.
Los contribuyentes intervenidos en este operativo tienen la condición de activos y habidos, pero, a pesar de las reiteradas acciones de cobranza, no cancelan la deuda tributaria. La deuda por recuperar incluye años anteriores al 2024.
LEA TAMBIÉN: Sunat postergó declaración de beneficiarios finales en fondos de inversión: sepa la nueva fecha
Es necesario resaltar que la cobranza coactiva es la última etapa de la gestión de cobro de la deuda tributaria, considerando que ante el incumplimiento de las obligaciones se procede a emitir los valores (órdenes de pago, resoluciones de determinación o resoluciones de multa), que, al no ser cancelados, dan inicio al procedimiento de cobranza.
Dicho proceso se ejecuta mediante la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC), donde se le otorga siete días hábiles al deudor para que cumpla con el pago, bajo apercibimiento de dictarse medidas de embargo.
Luego de este plazo, el ejecutor está facultado a dictar las medidas de embargo que considere necesarias para el recupero de la deuda, siendo una de ellas el embargo en forma de intervención en recaudación.
LEA TAMBIÉN: Contadores aplicarán normas para mayor transparencia en el sector público y empresas
Gerardo Avilez, Gerente de Cobranza de Sunat, explicó para Gestión que estos procedimientos son ejecutados de manera constante y abarcan diversos métodos de embargo, incluyendo cuentas bancarias, montos por cobrar a proveedores, muebles, vehículos y bienes inscritos.
Avilez destacó que las actividades recientes forman parte de un operativo específico en el que se identifican sectores con alta incidencia de deudores. “Ya hemos estado en algunas actividades como restaurantes, casinos y clínicas. Hoy le ha tocado el turno a hoteles y hospedajes. Vamos a seguir con otras actividades, también podría ser con enfoques de otro tipo, pero en este momento nos estamos enfocando en actividades económicas específicas para estos operativos”, comentó Avilez.
La Sunat ha hecho pública la lista de deudores tributarios, disponible en su página web, donde se puede consultar la información de los deudores y sus representantes. “La institución ha publicado los listados de los deudores tributarios con determinadas características. Es información pública”, añadió Avilez, subrayando la transparencia en las acciones de la entidad.
En cuanto a las proyecciones para la segunda mitad del año, Avilez mencionó que aunque la información es interna, los resultados de los embargos son dinámicos y se actualizan diariamente. “El resultado de los embargos es algo diario y la deuda es bastante dinámica. El estado va en línea con la previsión de recaudación de la institución también”, explicó.
LEA TAMBIEN: Sunat: es posible deducción de impuestos por hurto sin pruebas ¿en qué casos?