Sunat
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Hoy se ha publicado la Resolución de Superintendencia N.° 199-2018/SUNAT, mediante la cual la permitirá a los contribuyentes con fiscalizaciones parciales electrónicas, llevar y consultar los expedientes electrónicos generados en dichos procedimientos, de una manera fácil y sencilla.

Para ello, la Sunat informa que los contribuyentes accederán al Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV), haciendo uso de su Clave SOL, evitando trasladarse físicamente a las oficinas de la Sunat para realizar una consulta.

El SIEV es una herramienta informática que permite generar un expediente electrónico, registrar los documentos que lo conforman, conservar y consultar tales documentos en cualquier fase del procedimiento, desde cualquier lugar, las 24 horas del día y durante todo el año.

Fiscalización Parcial Electrónica

La ley faculta a la a realizar un procedimiento de fiscalización parcial electrónica, en base a la información del contribuyente que se almacena, archiva y conserva en los sistemas de la Sunat.

Este tipo de fiscalización se inicia con el depósito de una carta acompañada de una liquidación preliminar, luego de lo cual:

  • El contribuyente tendrá un plazo de 10 días hábiles siguientes a dicha notificación, para subsanar los reparos o presentar sus observaciones a la liquidación preliminar, adjuntando el respectivo sustento en el aplicativo habilitado en Sunat Operaciones en Línea – SOL, evitando así acercarse a una oficina para la entrega de documentos físicos. 
  • Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que vence el plazo de sustentación, la Sunat evaluará la información que hubiese sido presentada y culminará el procedimiento con la notificación electrónica de la Resolución de Determinación y la Resolución de Multa, de ser el caso. 

Considerando lo antes indicado, es importante que todo contribuyente tenga actualizado el número de celular y correo electrónico registrado en su ficha RUC, para que pueda recibir las alertas cuando se le envía una notificación.

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