El Ejecutivo publicó un nuevo decreto legislativo que modifica la Ley del Impuesto a la Renta y establece nuevos requisitos documentarios para probar que las donaciones que reciben las empresas y personas no son ingresos no justificados.
Ahora, explica Walker Villanueva, socio del estudio PPU, para demostrar que la transferencia de bienes muebles cuyo valor excede el 25% de la UIT, es decir S/1,150, no es injustificada, se necesitará que dicha donación conste mediante escritura pública elevada ante un notario.
De acuerdo con Villanueva, se está “alineando la legislación tributaria con la del Código Civil”, la cual ya contiene dicha exigencia.
Agrega que, en la práctica, esta disposición alcanzará a la donación de participaciones, cuyo valor excede el ya mencionado monto. “Antes estas donaciones se podían realizar con documentos de fecha cierta, ahora se requerirá siempre de la escritura pública.
Otros actos
Por otro lado, se requerirá de documentación “que acredite fehacientemente” que el ingreso es justificado en los casos de donaciones realizadas en bodas o eventos similares cuyo valor exceda S/ 1,150.
Además, si uno recibe una liberalidad como consecuencia de un acto inscrito en una escritura pública o documento de fecha cierta, el documento que acredite que dicha liberalidad no es un ingreso injustificado debe constar en el mismo tipo de documento, señala la nueva norma.
Efecto
Como explica Jorge Picón, socio del estudio Picón, en la actualidad “si una persona no puede justificar un abono en una de sus cuentas, se presume que dicho ingreso es renta gravada con el Impuesto a la Renta en el año que se dio la transferencia”.
Es decir, ahora se establece la necesidad de mayor documentación para que las donaciones que reciben las personas no sean consideradas como parte de la renta a pagar en el año.
“Es más burocracía, pero es positiva, ya que permite dar más seguridad sobre los actos realizados”, señala Villanueva.
Picón tampoco considera el cambio como algo negativo, pero señala que traerá problemas en el día a día.
EL DATO
- Mandato. El decreto legislativo publicado por el Ejecutivo indica que si una persona recibe dinero de operaciones entre terceros en cualquiera de sus cuentas, como es el caso en el que uno actúa bajo un mandato, debe sustentar dicho ingreso o la Sunat entenderá que se trata de un ingreso no justificado.