A la fecha ya cumplió con devolver más de S/ 269 millones a personas naturales (trabajadores independientes y dependientes), principalmente por pagos en exceso del Impuesto a la Renta 2020, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
En total se han recibido de las personas naturales 183,704 solicitudes de devolución de parte, de los cuales ya se ha atendido más del 94%, lo que representa un monto de S/ 202.6 millones.
Para mayor facilidad, las devoluciones se han realizado principalmente mediante un depósito en cuenta bancaria, para lo cual el contribuyente debió haber registrado previamente su Código de Cuenta Interbancario (CCI).
Otras opciones, menos usadas, son la Orden de Pago Financiera (OPF) y el cheque.
-Devolución de oficio-
Asimismo, desde abril último, la Sunat inició la devolución de oficio, en su mayoría a trabajadores con Rentas de Quinta Categoría, en planilla o dependientes o independientes.
Ellos contaban con un saldo a favor del Impuesto a la Renta, producto de los gastos deducibles por consumo en hoteles y restaurantes con boleta electrónica, pagos de EsSalud a trabajadores del hogar y gastos por servicios profesionales sustentado en recibos por honorarios electrónicos. También por los pagos y/o retenciones realizadas en exceso.
En este caso el depósito del reembolso se realizó a través del abono directo en su cuenta bancaria, para lo cual también debieron haber registrado su CCI.
Hasta el momento se han atendido 167,816 devoluciones de oficio que representan el 86% de las generadas entre abril y mayo.
El monto devuelto es de S/ 66.4 millones.
-Fraccionamiento-
La Sunat permite el fraccionamiento de la deuda tributaria para aquellos contribuyentes que lo soliciten, luego de presentar su Declaración Anual de Renta 2020.
Así, hasta el momento se han presentado más de 46,000 solicitudes de fraccionamiento por parte de Personas Naturales y Jurídicas por S/ 496 millones.
De esta cantidad, ya han sido atendidas en un tiempo menor a 5 días alrededor de 44,295 solicitudes, que representan el 95% del total,
Cabe indicar que este beneficio permite aplazar las deudas hasta por seis meses, fraccionarlas hasta por 72 meses o aplazarlas y fraccionarlas a la vez.
La tasa de interés para las solicitudes, a partir del 01 de abril, es de 0.72% mensual.
Solo se requieren garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000).