La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento () alertó en un comunicado que el proyecto de modificación del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, impulsado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento () elimina, en la práctica, la función reguladora y de determinación de tarifas a cargo de la Sunass, vulnerando su autonomía.

“Esta eventual injerencia política incentivaría el retorno a ineficientes modelos que fijaban las tarifas de agua sin análisis técnicos, perjudicando la sostenibilidad de los servicios de agua potable, desagüe y tratamiento de aguas servidas”, argumentó el regulador.

Tal como adelantó Gestión (01.12.2023), en una entrevista reciente con Mauro Gutierrez, presidente de Sunass, para el regulador

De acuerdo con la propuesta, dijo Sunass, el MVCS determinaría una “política de entregas económicas al personal vinculado a la prestación de los servicios de agua y saneamiento a nivel nacional”, con cargo al incremento de tarifas.

“La propuesta implicaría el reajuste de tarifas sin el previo cumplimiento de metas establecidas por el regulador, alentando la ineficiencia de las empresas de agua, es decir, sin la mejora en la prestación de la calidad de los servicios”, señaló.

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El proyecto desprotege -para el regulador- a los usuarios ante interrupciones de servicios, puesto que reduce las obligaciones de las empresas de agua establecidas por la Sunass.

Para el organismo, la propuesta legislativa excede las facultades originalmente delegadas por el al Poder Ejecutivo, puesto que no contempla modificaciones a las funciones tarifarias y de calidad del servicio.

“Es importante señalar que la OCDE recomienda consolidar la autonomía de los organismos reguladores. Por ello, la eventual aprobación de la propuesta legislativa en los términos antes descritos, implica un retroceso en el proceso hacia la incorporación del Perú como miembro de la OCDE”, agregó en su comunicado.

Como antecedente, a través de la Ley Nº 30672, se modificó el Decreto Legislativo N° 1280 debido a que la Comisión de Constitución y Reglamentación del Congreso observó uno de los artículos que excedía la facultad de delegaciones del año 2016.

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