
El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) a ejecutar una pesca exploratoria del recurso sardina (Sardinops sagax) a lo largo del litoral peruano, en el contexto del fenómeno El Niño 2026-2027.
La medida, oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 00399-2026-PRODUCE, busca obtener información científica sobre la distribución de la sardina, su estructura de tallas y su estado reproductivo, con la finalidad de establecer medidas para su adecuado manejo y conservación.
Según la norma, la investigación se desarrollará desde las 0.5 hasta las 5 millas náuticas de distancia de la costa peruana y tendrá una duración máxima de 15 días calendario.
Sin embargo, la actividad no comenzará inmediatamente, sino a partir de las 00:00 horas del día siguiente a la publicación del listado de embarcaciones pesqueras autorizadas para participar.
Asimismo, Produce podrá modificar el periodo de duración de la pesca exploratoria mediante una nueva resolución ministerial, previo informe del Imarpe.

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¿Qué embarcaciones podrán participar?
La resolución establece que podrán participar embarcaciones pesqueras de hasta 10 metros cúbicos de capacidad de bodega, siempre que cuenten con permisos de pesca y habilitación sanitaria vigentes, además de encontrarse incluidas en el listado que publicará la Dirección General de Pesca Artesanal.
Para ello, los titulares de los permisos deberán solicitar su inscripción, de manera individual o a través de sus organizaciones de pescadores artesanales, dentro de las 72 horas siguientes a la entrada en vigencia de la resolución.
Una vez vencido ese plazo, la Dirección General de Pesca Artesanal tendrá 24 horas para publicar el listado correspondiente. También podrá actualizarlo con solicitudes posteriores.
Entre las condiciones establecidas, las embarcaciones deberán realizar sus descargas únicamente en puntos autorizados, utilizar sistemas de preservación con hielo, facilitar la toma de muestras y proporcionar información sobre las capturas realizadas.
Además, deberán entregar al personal del Imarpe un mínimo de 30 ejemplares enteros y sin eviscerar de sardina en los puntos de desembarque autorizados, para contribuir con la investigación.
La norma precisa que la participación en esta actividad no otorga nuevos derechos de acceso a la pesquería de sardina ni amplía los permisos de pesca existentes, debido a que la autorización se limita exclusivamente a fines de investigación.
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Posibles suspensiones y sanciones
El Imarpe será responsable de monitorear el desarrollo de la pesca exploratoria y proporcionar información científica a Produce para determinar si corresponde adoptar medidas de conservación.
En ese sentido, la actividad podrá suspenderse o concluir anticipadamente cuando se identifiquen circunstancias ambientales o biológicas que comprometan la conservación del recurso.
También podrán disponerse cierres inmediatos de zonas de pesca ante la presencia de ejemplares juveniles, capturas incidentales u otras razones de conservación.
Por otro lado, los armadores que incumplan las condiciones establecidas serán excluidos de la investigación, sin perjuicio del inicio de los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes.
Finalmente, el Imarpe deberá presentar un informe final con los resultados de la pesca exploratoria en un plazo máximo de siete días calendario después de culminada la actividad.
La resolución también modifica el anexo de la Resolución Ministerial N.º 00386-2026-PRODUCE, que estableció la veda reproductiva del bonito en el litoral peruano entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026.



