(Foto: Cesar Bueno / GEC)
(Foto: Cesar Bueno / GEC)

Entre el 25 de marzo y 12 de abril vence el cronograma para la declaración y pago del 2020, según el último dígito del RUC.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual de IR?

En el caso de las personas naturales, indica que esta obligación va para quienes hubieran percibido exclusivamente de quinta categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.

También los trabajadores que perciben rentas de cuarta (trabajadores independientes) y/o quinta categorías (trabajadores en planilla) y rentas de fuente extranjera que tengan un saldo a favor del .

Asimismo, los que hubieran percibido rentas de cuarta y/o quinta categoría que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.

También deben cumplir con esta obligación las que determinen un saldo por pagar por rentas de primera, segunda y rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera.

Además, los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría.

¿Cuáles son los errores que se deben evitar al realizar la declaración de IR?

Fanny Soto, Supervisora de la División de Canales Centralizados de la , recordó que ahora todo el proceso es virtual.

“El uso del PDT ha quedado solo para cuando la página web (de Sunat) no funcione”, refirió.

Asimismo, indicó que los contribuyentes no deben equivocarse de formulario de declaración.

Señaló que a las micro y pequeñas empresas (mypes) les corresponde el formulario simplificado. “Es para el régimen mype tributario, el cual requiere de menos detalles de información”.

Para fines tributarios, se considera mype a las empresas que tienen ingresos anuales por hasta 1,700 UIT.

Las empresas con mayores ingresos a ese tope debe llenar el formulario completo, agregó Soto.

La funcionaria subrayó que el contribuyente debe revisar cuidadosamente los montos antes de hacer la declaración. “Debe verificar que la información consignada sea de acuerdo a los libros contables”, anotó.

Otra recomendación de Fanny Soto es que al terminar de hacer la declaración debe asegurarse de tener la constancia final. “Hay que guardar la información en cada paso y obtener la constancia final para culminar con éxito la declaración. Sino, no sería válida la declaración”, remarcó.

Asimismo, en caso de fallas en la web de la Sunat, Soto indicó que el contribuyente deberá contactarse con la central telefónica de consultas de la Sunat, donde el área informática les brindará asistencia.