En sesión extraordinaria, el pleno del Congreso de la República aprobó hoy en segunda votación el dictamen que propone otorgar facultades legislativas al Poder Ejecutivo, por un plazo de 90 días, en materias como reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional.
Como se recuerda, el pasado 15 de mayo, el Poder Legislativo aprobó, en primera votación, la delegación de facultades legislativas al Gobierno, con 69 votos a favor, 32 en contra y 10 abstenciones. Pero no se alcanzaron los votos necesarios para exonerar el dictamen de una segunda votación.
Por ello, el Poder Ejecutivo publicó un decreto supremo el 20 de junio, firmado por la presidenta de la República, Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, convocando a una sesión extraordinaria para este lunes 1 de julio.
Como resultado de dicha solicitud, el Parlamento aprobó la segunda votación del dictamen referido con 58 votos a favor, 39 en contra y 15 abstenciones. Si bien se presentó una reconsideración a esta solicitud, esta fue denegada con 62 votos en contra, 42 a favor y 7 abstenciones.
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¿Sobre qué legislará el Gobierno?
La presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano, precisó durante el debate de la segunda votación, que el dictamen aprobado considera 66 materias específicas para que el Ejecutivo legisle. Las tareas específicas corresponden a 14 ministerios.
Entre los aspectos más resaltantes están, por ejemplo, medidas para fortalecer el desarrollo urbano e intervenciones estratégicas en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay.
Como parte de ello se propone “establecer disposiciones especiales por su construcción y funcionamiento, con el objetivo de facilitar el desarrollo de proyectos priorizados en los instrumentos de planificación territorial y urbana”, dice el documento.
Aparte, el Ejecutivo regulará la tributación de los modelos de negocios basados en la economía digital, como son Netflix y las casas de apuestas online no domiciliadas en Perú, pero que tienen operaciones en el país.
Para ello, según el dictamen aprobado, modificarán la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) en busca de “establecer un mecanismo de recaudación del IGV por aquellas operaciones realizadas con proveedores o intermediarios de bienes y servicios no domiciliados en el marco de la economía digital y adaptar la regulación del impuesto”.
Con el mismo fin se modificará la Ley del Impuesto a la Renta (IR). Entre los cambios que se harían está simplificar los requisitos para la inscripción en el RUC de las personas jurídicas no domiciliadas y los entes jurídicos constituidos en el extranjero.
Este procedimiento será para aquellos “que tengan la obligación de presentar la declaración del beneficiario final cuando cuenten con una sucursal, agencia u otro establecimiento permanente en el país, con fines de información”, señala el texto.
Respecto al equilibrio fiscal, las facultades solicitadas por el Ejecutivo incluyen también establecer una “reducción gradual” del déficit fiscal, luego de varias advertencias sobre un nuevo incumplimiento de la regla trazada este 2024.
Además, se plantean emitir leyes que permitan simplificar las regulaciones para inversión pública, privada y público privada, así como en lo relacionado a la gestión de servicios públicos y el fortalecimiento de la actividad empresarial del Estado.
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“Candados”
Moyano también indicó durante el debate respecto a las facultades legislativas que el texto aprobado incluye cuatro disposiciones complementarias finales que funcionarán como “candados normativos” sobre los Decretos Legislativos (D.Leg.) que emita el Ejecutivo en adelante.
La primera de estas reglas es que todas las medidas emitidas no pueden afectar de ninguna manera la autonomía de los gobiernos regionales, locales ni las competencia de los organismos constitucionalmente autónomos.
Aparte, si un D.Leg. compromete recursos públicos, estos correrán a cuenta del presupuesto ya aprobado para cada sector pertinente que deba implementarlas. De igual manera, se señala que todas las medidas aprobadas no estarán exentas del Sistema Nacional de Control, a cargo de la Contraloría General de la República.
Finalmente, Moyano indicó que la cuarta disposición es que cada titular ministerial deberá informar a la Comisión de Constitución del Congreso por escrito y dentro del plazo de 90 calendario contados desde la publicación de los D. Leg. correspondientes, bajo responsabilidad, los avances del estado de implementación de las medidas legislativas emitidas.
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